C. - SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA (CO.P.E.) Y GESTIÓN PÚBLICA DE PROYECTOS PARA EL DESARROLLO Y OBTENCIÓN DE RESULTADOS. C.1. - Subsecretaría de Planificación Participativa y Monitoreo del Plan Estratégico.
C. - SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA (CO.P.E.) Y GESTIÓN PÚBLICA DE PROYECTOS PARA EL DESARROLLO Y OBTENCIÓN DE RESULTADOS.
COMPETENCIAS.
De acuerdo a lo normado en el artículo 160 del Capítulo III de la Carta Orgánica Municipal: “El Consejo de Planificación Estratégica tiene por objeto elaborar y legitimar socialmente el Plan Estratégico y evaluar su evolución. Es un órgano descentralizado administrativamente que establece su propio presupuesto y dicta su reglamento interno.”,
Será su responsabilidad oficiar como:
1) Coordinador del Consejo de Planificación Estratégica.
2) Coordinador de la Gestión Integral de Proyectos.
1. Como Coordinador del Consejo de Planificación Estratégica asumirá las siguientes funciones: 1.1. Garantizar la ejecución y monitorear los proyectos motores definidos en el Plan Estratégico San Martín de los Andes 2030 aprobado por Ordenanza N° 11.700/2017, garantizando la participación de la comunidad a través del Consejo de Planificación Estratégica. 1.2. Presidir las reuniones del Consejo de Planificación Estratégica cuando se lo delegue el Intendente. 1.3. Presidir las reuniones del Comité Ejecutivo. 1.4. Realizar toda función que en él delegue el Intendente Municipal. 1.5. Llevar a cabo las tareas que demande el funcionamiento del Consejo de Planificación Estratégica, en los términos del Artículo 160 de la Carta Orgánica Municipal, utilizando para ello los recursos municipales de las partidas que se asignen y sean autorizados según las normas vigentes. 1.6. Coordinar las acciones, gestiones técnicas y administrativas entre las distintas áreas del Departamento Ejecutivo y el Consejo de Planificación Estratégica que coadyuven a lograr sus objetivos. 1.7. Administrar los fondos que asigne el presupuesto que elabore y apruebe el Consejo de Planificación Estratégica, según lo ordena el Artículo 160 de la Carta Orgánica Municipal. 1.8. Cumplir con el Reglamento Interno del COPE y efectuar las modificaciones que fueran necesarias acorde a la dinámica de funcionamiento. 1.9. Garantizar la incorporación y funcionamiento del Consejo de Juntas Vecinales en el Consejo de Planificación Estratégica (Ordenanza n° 9.220/11) 1.10. Incorporar los niveles de planificación estratégica, interculturalidad y gestión interjurisdiccional en el Consejo Económico, Social, Cultural y Turístico de San Martín de los Andes (Ordenanza n° 12.965/20). 1.11. Realizar el seguimiento del proceso de ampliación del ejido municipal. 1.12. Integrar la Unidad Ejecutora del Banco de Tierras e Inmuebles para la Vivienda y Hábitat (Ordenanza n° 13.758/22).
2. - SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. 2.1. - SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PUBLICOS. 2.1.1. - Dirección de Rentas. 2.1.1.1. - Departamento Fiscal de Recursos Tributarios. 2.1.1.2. - División Actividades Lucrativas. 2.1.1.3. - División Rodados. 2.1.1.4. - División Inmuebles. 2.1.1.5. - División Administración, Despacho y Trámites Varios. 2.1.1.6. - División Inspecciones y relatoría fiscal. 2.1.2. - Dirección de Bromatología. 2.1.2.1. - Departamento de Bromatología. 2.1.2.1.1. - Área Bromatología y Seguridad. 2.1.3. - Departamento de Gestión de Cobranzas. 2.2. - SUBSECRETARÍA DE HACIENDA. 2.2.1. - Dirección de Tesorería. 2.2.1.1. - Departamento Tesorería. 2.2.1.2. - Área Egresos. 2.2.1.3. - Área Ingresos. 2.2.2. - Dirección de Contaduría. 2.2.2.1. - Departamento Compras y Almacenes. 2.2.2.1.1. - Área Compras y Almacenes. 2.2.2.1.2. - Área Licitaciones y Contrataciones 2.2.2.2. - Departamento Contable. 2.2.2.2.1. - Área Procesos Contables. 2.2.2.2.2. - Área Patrimonio y Archivo. 2.2.3. - Dirección de Estadística y Presupuesto. 2.2.3.1. - Área Estadísticas. 2.3. - Dirección de Informática. 2.3.1. - Departamento Soporte Técnico y Mesa de Ayuda. 2.3.2. - Departamento Desarrollo de Sistemas. 2.3.3. - Departamento Administración de Base de Datos. 2. - SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA.
3. - SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. 3.1. - SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS. 3.1.1. - Dirección de Obras de Arquitectura. 3.1.1.1. - Departamento Aserradero y Carpintería. 3.1.1.1.1. - Área Aserradero. 3.1.1.1.2. - Área Carpintería. 3.1.1.2. - Departamento de Obras. 3.1.1.2.1. - Área Carpintería de Obra. 3.1.1.2.2. - División Obras e Instalaciones. 3.1.2. - DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA URBANA. 3.1.2.1. - Departamento de Obras de Pavimento. 3.1.3. - DIRECCIÓN GENERAL DE MANTENIMIENTO. 3.2. - SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS. 3.2.1. - DIRECCION GENERAL DE CONSERVACIÓN URBANA Y AMBIENTAL. 3.2.1.1. - Dirección de Espacios Verdes. 3.2.1.1.1. - Departamento de Parques y Jardines. 3.2.1.1.1.1. - División Vivero. 3.2.1.1.1.2. - División Plazas y Paseos. 3.2.1.1.1.3. - Área de Gestión Administrativa. 3.2.1.2. - Dirección de Guardas Ambientales. 3.2.1.2.1. - Área Administración y Educación Ambiental. 3.2.1.2.2. - Área Mantenimiento Urbano y Ambiental. 3.2.1.2.3. - Área Operaciones. 3.2.2. - DIRECCIÓN GENERAL GIRSU. 3.2.2.1. - Dirección de Higiene Urbana. 3.2.2.1.1. - Departamento Planta de Separación. 3.2.2.1.2. - Departamento Barrido y Limpieza. 3.2.2.1.3. - Departamento Recolección de Residuos. 3.2.3. - DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GENERALES. 3.2.3.1. - Dirección de Vialidad Hidráulica. 3.2.3.1.1. - Departamento Mantenimiento de Calles y Acueductos. 3.2.3.1.1.1. - División Mecánica. 3.2.3.1.1.2. - División Herrería. 3.2.3.1.1.3. - División Lavadero y Engrase. 3.2.3.1.2. - Departamento de Compras y Suministros. 3.3. - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL.
3. - SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Competencias:
· Diseñar, formular y ejecutar el plan de Obras Públicas, dispuesto por el Departamento Ejecutivo. · Aplicar la política emanada del Ejecutivo, a fin de que bajo su gestión se lleven a cabo las obras necesarias que demanda la comunidad. · Coordinar con todas las Secretarías del Municipio las acciones necesarias para el objetivo descripto. · Administrar los recursos humanos y equipos para que la gestión genere el mejor rendimiento de los mismos. · Efectuar las contrataciones necesarias para cubrir la necesidad de cada obra en caso de no poder ser cubierto por personal o equipo municipal. · Ejecutar en tiempo y forma las obras de utilidad municipal que se obtengan por delegación del gobierno provincial o nacional. · Detectar y gestionar programas, fondos, créditos que permitan la ejecución de obras públicas y/o la adquisición de maquinaria específica para las mismas. · Realizar las tareas imperiosas del Servicio Público a fin de que el contribuyente y habitante de esta ciudad se encuentre respaldado por los servidores públicos. · Coordinar con todas las Secretarías del Municipio las acciones necesarias para el objetivo descripto. · Diseñar y ejecutar las rutinas de higiene, recolección y disposición final de residuos de toda índole generados en el ejido municipal. · Administrar los recursos humanos y equipos para que la gestión genere el mejor rendimiento de los mismos. · Efectuar las contrataciones necesarias para cubrir la necesidad de cada servicio en caso de no poder ser cubierto por personal o equipo municipal. · Preservar las calles y caminos del ejido, garantizando la circulación vehicular en condiciones seguras. · Preservar los acueductos del ejido, realizando limpieza de sus cauces y orillas garantizando una adecuada y fluida circulación de las aguas al Lago Lácar. · Custodiar y preservar el espacio público municipal. · Custodiar y preservar los espacios verdes municipales. · Custodiar y preservar el medio ambiente, promoviendo la ejecución de buenas prácticas ambientales en todo generador de residuos: domiciliario, industrial, patogénico, etc. · Afectar maquinaria y personal a la Protección Civil de la ciudad en caso de emergencia o desastre.
3.1. - SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS. Misiones y funciones:
· Coordinar las tareas, supervisando las gestiones técnicas y operativas, de todas las obras, incluidas las de mantenimiento escolar. · Verificar los pedidos de suministros. · Efectuar las contrataciones indispensables para la ejecución de obras por contrato y delegadas.
· Articulación y Coordinación con la Subsecretaría de Obras Públicas. · Supervisión de organización de tareas y prioridades de Departamentos y Áreas. · Articulación con distintas áreas municipales y otras instituciones gubernamentales y no gubernamentales. · Coordinación y priorización de proyectos y obras de categoría pública y asistencia con entrevistas en la remodelación y refacción /ampliación de edificios municipales o con convenios de colaboración. · Abordaje en conjunto con Dirección de Recursos Humanos de problemáticas del personal a cargo. · Elaboración de Informes de Gestión. · Elabora proyectos, documentaciones, cómputos y presupuestos.
· Administra y controla las Áreas Aserradero y Carpintería. · Lleva el control y optimiza la producción y abastecimiento de madera para todas las áreas municipales que lo requieran. · Prioriza y atiende las necesidades de muebles, puertas, ventanas, ataúdes, etc. de obras municipales y privados derivados luego de encuesta social. · Colabora con entes gubernamentales y no gubernamentales en la provisión de madera y/u objetos de carpintería. · Lleva control de ingresos /egresos del material forestal y su origen cubicando entradas y salidas.
· Mantener, organizar, supervisar y ejecutar las tareas de aserreo, maquinado, cepillado y preparación de madera, encomendadas por el Jefe de Departamento de Aserradero y Carpintería. · Deberá ejecutar las órdenes de trabajo provenientes de distintas reparticiones municipales o las encomendadas por su jefe inmediato superior. · Supervisará además las tareas de mantenimiento y seguridad de todas las maquinarias que el aserradero disponga. · Supervisará el uso de los elementos de seguridad de todos los empleados que tenga a su cargo. · Deberá atender las necesidades laborales de los empleados que tenga bajo su responsabilidad 3.1.1.1.2. - Área Carpintería.
· Mantener, organizar, supervisar y ejecutar las tareas de ejecución de muebles, puertas, ventanas, ataúdes, encomendadas por el Jefe de Departamento de Aserradero y Carpintería. · Deberá ejecutar las órdenes de trabajo provenientes de distintas reparticiones municipales o las encomendadas por su jefe inmediato superior. · Deberá atender las necesidades laborales de los empleados que tenga bajo su responsabilidad. · Supervisara además las tareas de mantenimiento y seguridad de todas las maquinarias y herramientas eléctricas de mano. · Supervisara el uso de los elementos de seguridad de todo el personal que tenga a su cargo.
3.1.1.2. - Departamento Obras.
· Depende de la Dirección de Obras de Arquitectura. · Tiene a su cargo el Área Albañilería e Instalaciones y Área Carpintería de Obra.
· Depende directamente de la Dirección de Obras de Arquitectura y coordina a quienes ejecutan las obras de albañilería, instalaciones y carpintería en obra. 3.1.1.2.2. - División Obras e Instalaciones.
· Ejecución de obras e instalaciones. 3.1.2. - DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA URBANA.
· Detección, coordinación y priorización de proyectos y obras de pavimentación, incluyendo la corrección de escorrentías. · Colocación de cartelería. · Construcción de acequias, cordón cuneta y veredas públicas. · Pintura de pasos peatonales y rampas de accesibilidad. · Verificación y confección de permisos de zanjeo, así como colaboración en el traslado de materiales, residuos o demoliciones. · Confección y colocación de pretiles, badenes y reductores de velocidad. 3.1.2.1. - Departamento de Obras de Pavimento.
· Planificación y ejecución de obras de pavimentación. · Mantenimiento y reparación de calles pavimentadas. · Supervisión de la colocación de reductores de velocidad y señalización vial. · Gestión de permisos de zanjeo y obras sobre el pavimento. · Coordinación del traslado de materiales y maquinaria durante las obras.
Misiones y Funciones:
· Contribuirá al mantenimiento, enripiado, regado de las calles no pavimentadas. · Deberá mantener los cauces de arroyos y canales limpios y dragados, como así también la limpieza de las alcantarillas. · Deberá cuidar que el recurso humano tenga el rendimiento adecuado a las distintas funciones encomendadas. 3.2.1. - DIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN URBANA Y AMBIENTAL.
Misiones y funciones:
· Planificar de manera acorde al crecimiento de la ciudad el desarrollo de los espacios públicos. · Generar los proyectos que se requieran tanto para la optimización de los espacios públicos como del mobiliario y equipamiento urbano. · Realizar la dirección técnica de los proyectos urbanos. · Evaluar el estado de conservación de los paseos públicos. · Conducir in situ las obras que se realicen, sean nuevas o de mantenimiento. · Velar por el adecuado uso del espacio público y su conservación. 3.2.1.1. - Dirección de Espacios Verdes.
· Restaurar, conservar y generar espacios verdes en el ejido municipal, para contribuir a la mejora permanente de la calidad de vida de la población y del recurso turístico de la localidad. · Conservación de espacios verdes. · Generación de nuevos espacios verdes. · Trabajos preventivos de riesgo hídrico y de erosión. · Producción de plantas. · Tareas de extensión. 3.2.1.1.1. - Departamento de Parques y Jardines.
· Organizar y supervisar las tareas encomendadas por la Dirección de Espacios Verdes. · Asignación de personal a la ejecución de tareas. · Manejo de pañol de herramientas y maquinarias. · Monitoreo de las labores en ejecución y/o finalizadas.
· Proveer de ejemplares vegetales y otros insumos para los planes de forestación, de protección y de ornamentación municipales. · Producir espacios arbóreos, arbustivos y florales con destinos a los distintos planes de restauración u ornamentación. · Realizar el tratamiento de residuos lignocelulósicos.
· Colaborar con el Departamento de Parques y Jardines en la organización y supervisión de las tareas a realizar en el casco histórico de la ciudad, relativas al mantenimiento y ejecución de espacios verdes y otros paseos públicos. · Asignación de personal a la ejecución de tareas. · Manejo de pañol de herramientas y maquinarias. · Monitoreo de las labores en ejecución y/o finalizadas. 3.2.1.1.1.3. - Área de Gestión Administrativa.
· Responsable de la administración general de la Dirección, control de horarios de personal, herramientas e insumos. · Seguimiento de los planes de trabajo, estadísticas y rutinas de ejecución. · Redacción de notas, informes y contratos en colaboración con otras áreas municipales. 3.2.1.2. - Dirección de Guardas Ambientales.
· La Dirección de Guardas Ambientales tiene por misión y función (según Orza. Nº 565/04) la de controlar, fiscalizar y detener todas las acciones que degraden o atenten contra el ambiente y la calidad de vida de vecinos, pobladores o turistas. · Realizar tareas de educación ambiental y las relaciones interinstitucionales en tareas de índole similar, relacionándose con Parques Nacionales o las Direcciones de Bosques y Fauna Provinciales. · Captura de ganado mayor suelto sobre el espacio público y de canes que deambulan libres sin la compañía de persona responsable. · Erradicación de baldíos y basurales clandestinos. · Reparación de cartelería urbana, de cestos de basura, veredas y cercos. · Localización de ocupantes ilegales y el inicio del trámite de rigor. 3.2.1.2.1. - Área Administración y Educación Ambiental.
· Creación de esquemas de trabajo, estadísticas y rutinas de ejecución, redacción de notas, informes, contratos. · Supervisión y realización de trámites administrativos que se generan o llegan al sector: manejo de expedientes, actas de infracción, informes, reclamos, notificaciones, programas, archivo, proyectos, atención al público e instituciones. · Tareas de proyectos ambientales y la relación con el veterinario municipal en el tema canes. · Formulación y ejecución de proyectos de educación ambiental y capacitación interna y para terceros. 3.2.1.2.2. - Área Mantenimiento Urbano y Ambiental.
· Organizar, supervisar y ejecutar las tareas encomendadas y relacionadas al estado, buen uso e intervención sobre espacios públicos e infraestructura urbana. Para eso cuenta con un taller de herrería y un taller de carpintería (en formación) para la reparación del equipamiento urbano. · También tiene a su cargo el sector donde tiene su base de operaciones el cuerpo de Guardas Ambientales que incluye los corrales y caniles, su mantenimiento, limpieza y cuidado de animales capturados (ganado, canes y felinos) ó en observación veterinaria, tal es el caso de perros mordedores. · El área cuenta con un sector destinado a la educación ambiental (aula y jardín) que requiere de su mantenimiento y conservación, como así también las instalaciones del quirófano municipal donde el veterinario municipal realiza las prácticas quirúrgicas (castraciones). · Junto con los corrales donde se realiza la guarda y custodia del ganado capturado se encuentran los boxes donde se alojan los equinos que pertenecen a la patrulla Ecuestre. · Esta área tiene especial comunicación y contacto con el Departamento de Parques y Jardines dependiente de la Dirección de Espacios Verdes y con la secretaría de Turismo en lo que refiere a conservación y conformación de espacios utilizados con fines turísticos (sendas, circuitos urbanos y suburbanos, etc.-). 3.2.1.2.3. - Área Operaciones
· Es el área que realiza las inspecciones y fiscalizaciones para el fiel cumplimiento de las leyes nacionales y provinciales, ordenanzas y resoluciones que se dicten en materia ambiental y en otras de su injerencia. · Los trámites de ocupaciones ilegales son también trámites que realiza esta área. · Las recorridas urbanas de prevención y la captura de canes y ganado es parte de su tarea diaria. · Tiene estrecha relación con la Justicia de Faltas en cuanto a los procedimientos que se deben seguir para las acciones de control y fiscalización.
· Entenderá en la recolección de residuos y su traslado a las celdas de disposición final. · Mantendrá las calles de la ciudad y los espacios públicos limpios, con cuadrillas especiales de bolseros, recogiendo los residuos esparcidos · Coordinará el buen mantenimiento del Centro Ambiental Sirve · Mantendrá la limpieza de la ciudad con la cuadrilla de barrido y limpieza · Deberá cuidar que el recurso humano tenga el rendimiento adecuado a las distintas funciones encomendadas. 3.2.2.1. - Dirección de Higiene Urbana.
· Lograr el mantenimiento de la higiene en la vía pública. · Controlar el mantenimiento de todo el patrimonio de herramientas bajo su responsabilidad con el fin de asegurar su utilización racional.
· Realizar acciones tendientes a llevar adelante una Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos. · Realizar el tratamiento correspondiente seleccionando el contenido del material entrante que llega allí con la opción de separar las fracciones recuperables y prepararlas para la comercialización. · Preparar los materiales no separados para ser procesados con un tratamiento final.
· Planificar, ejecutar y supervisar las tareas relacionadas con barrido mecánico y manual. 3.2.2.1.3. - Departamento Recolección de Residuos.
· Coordinar el sistema de recolección de residuos urbanos. 3.2.3. - DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GENERALES.
· Conocer la especificidad propia de cada sector de la Secretaría de Servicios Públicos con el objeto de poder coordinar las tareas entre las distintas Dependencias de la misma. · Apoyo directo del secretario de Servicios Públicos. · Coordinación y control los suministros. · Coordinación y control de compras. · Coordinación y control del lavadero y engrase. 3.2.3.1. - Dirección de Vialidad Hidráulica.
· Coordinación de las tareas de mantenimiento de calles y acueductos. · Coordinación de los arreglos de calles, enripiado. · Coordinación del riego de las calles sin pavimentar. 3.2.3.1.1. - Departamento Mantenimiento de Calles y Acueductos.
· Realizar programas regulares y emergentes de bacheo y conservación de calles, callejones y caminos alternativos.
· Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de la flota de vehículos municipales. · Diagnosticar y reparar averías mecánicas en automotores. · Coordinar con otras divisiones para programar servicios de mantenimiento. · Mantener registros precisos de los trabajos realizados y el estado de los vehículos. 3.2.3.1.1.2. - División Herrería.
· Realiza tareas de metalúrgica, soldaduras y afines. · Realiza mantenimientos en plaza, escuelas y espacios comunes en lo referido a metales. 3.2.3.1.1.3. - División Lavadero y Engrase.
· Realizar las tareas de lavado de automotores. · Realizar las tareas de engrase del parque automotor.
· Control y solicitud de los insumos necesarios para el funcionamiento de la planta vehicular. · Gestión de todos los trámites administrativos tendientes a efectivizar la adquisición de los repuestos necesarios para el correcto funcionamiento del parque automotor. · Control y verificación de pedidos de suministros. · Recepción ordenes de compras. · Consulta sobre precios. · Control de altas y bajas de elementos inventariables.
3.3. - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL. · Gestionar ante las organizaciones administrativas, provinciales, nacionales y municipales, los recursos necesarios para llevar adelante los proyectos o programas de las Subsecretarías de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos. · Generar espacios interinstitucionales y promover la participación de los diferentes actores en la concreción de las líneas de acción de la Secretaría, coordinando la ejecución y rendición de sus programas y proyectos. · Tramitar y diligenciar ante las distintas instituciones municipales, provinciales y nacionales, los proyectos y acciones de las diversas áreas de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, garantizando la correcta articulación y transparencia de los procesos. · Colaborar con los subsecretarios de cada área en el seguimiento y la gestión de la elaboración de programas y proyectos, asegurando su adecuada implementación. · Realizar el seguimiento de toda la documentación elaborada para la aprobación de programas y proyectos ante los organismos nacionales, provinciales y municipales que correspondan, así como ante otras instituciones y organizaciones de la comunidad afines a los objetivos de la Secretaría.
4.1. - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN. 4.2. - Dirección de Gestión Cultural. 4.2.1. - Departamento Programa Artístico Permanente. 4.2.1.1. - Área Teatro San José. 4.2.1.2. - Área Sala de Exposiciones Lidaura Chapitel. 4.2.2. - Departamento Gestión de Eventos Artísticos y Culturales. 4.3. - Departamento de Patrimonio Histórico y Ciencias.
4. - SECRETARÍA DE CULTURA.
Misiones y funciones: · Planificar, ejecutar y evaluar las políticas culturales de la Municipalidad de San Martín de los Andes, verificando el cumplimiento de las Ordenanzas, reglamentaciones y otras normativas existentes, y elaborando propuestas de nuevas normativas cuando sea necesario. · Complementar y promover las políticas culturales de la Provincia del Neuquén, la Nación y Latinoamérica. · Fortalecer la identidad local y la interculturalidad. · Proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales endógenas, incentivando la libre creación artística y la producción, difusión y distribución de bienes y servicios culturales. · Facilitar accesos al arte, la historia, las tradiciones, la tecnología y otros instrumentos y manifestaciones culturales a todos los miembros de la comunidad. · Proteger la memoria social y el patrimonio cultural material e inmaterial, garantizando el ejercicio pleno de los derechos culturales. · Crear ámbitos y herramientas que favorezcan la participación de la ciudadanía en la vida cultural. Este objetivo busca fortalecer el tejido social, propiciando la solidaridad y una sociedad más igualitaria. · Generar ámbitos de discusión y garantizar la libre expresión y la pluralidad de ideas, dando lugar a todas las inquietudes de los distintos grupos sociales. · Fomentar y apoyar la investigación histórica y científica. · Generar acciones concretas que beneficien la participación de niños y jóvenes en la vida cultural. · Promover la creación, fomento, sostenimiento y utilización, con fines culturales y educativos, de bibliotecas, museos, teatros, archivos, centros de documentación y otras entidades culturales, tanto estatales como privadas. · Promover, proteger y difundir las culturas de los pueblos originarios. · Trabajar junto a otras áreas del gobierno en la organización del espacio público. · Descentralizar la acción cultural, asegurando la presencia en los barrios. · Coordinar con las otras secretarías municipales acciones para crear políticas participativas, populares, accesibles e interculturales, priorizando las construcciones colectivas. · Articular la acción de todas las reparticiones de la Secretaría de Cultura, propiciando el trabajo en equipo. · Articular acciones con organismos provinciales, nacionales e internacionales, generando convenios de cooperación e intercambio cultural. · Articular acciones con otros agentes culturales locales (otras áreas del gobierno municipal, organismos provinciales, nacionales e internacionales; sector privado, particulares) con el objetivo de garantizar un desarrollo cultural sustentable. · Propiciar acuerdos entre diferentes instituciones para maximizar el uso de las instalaciones públicas en beneficio de la comunidad. · Fortalecer el desarrollo cultural a través del trabajo conjunto con instituciones educativas, juntas vecinales y organizaciones comunitarias. · Priorizar, promover, rescatar y difundir las diferentes actividades artísticas y culturales generadas en el ámbito local, posibilitando el desarrollo constante de propuestas e iniciativas. · Posibilitar y propiciar el vínculo constante entre artistas y otros agentes culturales con la comunidad en general. · Generar acciones que fortalezcan el desarrollo integral de nuestro pueblo, privilegiando a aquellas personas, sectores, grupos o barrios más postergados, con el fin de lograr una comunidad inclusiva y democrática. · Administrar el Fondo de Cultura Municipal, Ordenanza Nº 8548. · Administrar el Fondo Municipal de las Artes “Elena Lapuente”, Ordenanza Nº 14369. · Articular acciones con la comisión directiva del Centro Editorial Municipal (CEM) y supervisar su normal funcionamiento, en calidad de autoridad de aplicación de la Ordenanza Nº 6903. 4.1. - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN. · Administrar los espacios físicos adjudicados a la Secretaría de Cultura en la planta basamento del ex hotel Sol, de acuerdo al Decreto N° 566/15 o el que lo reemplace, destinándolos a la realización de actividades de la secretaría, de otras secretarías municipales que posean objetivos afines, o estableciendo convenidos de uso con asociaciones y organizaciones públicas y/o privadas. · Realizar convenios con diferentes instituciones educativas terciarias y universitarias, tanto públicas como privadas, para ampliar la oferta académica local, en las modalidades a distancia y presencial. · Coordinar y gestionar las orquestas municipales, formalizando acuerdos con el Ministerio de Cultura de la Nación, con el Ministerio de las Culturas de la Provincia del Neuquén, y con otros organismos que tengan programas destinados a fortalecer orquestas infantojuveniles. En este sentido, será autoridad de aplicación de la Ordenanza N° 6767, Orquesta Municipal Infantojuvenil de San Martín de los Andes, más conocida como Orquesta Escuela de Los Andes. Asimismo, continuará las acciones iniciadas en 2008, rectificadas por Ordenanza N° 7986, que posibilitaron crear y fortalecer a la orquesta municipal de instrumentos latinoamericanos, más conocida como Musicantes. · Ofrecer y coordinar talleres de arte y recreativos, dirigidos a personas de todas las edades, garantizando presencia efectiva en todo el ejido urbano. Se buscará que la oferta de talleres abarque todas las disciplinas artísticas, en particular las que no ofrecen otras entidades o particulares. · Generar políticas públicas y acciones concretas destinadas a favorecer y democratizar el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), entendidas como un derecho fundamental en el desarrollo de las personas. En este sentido, administrará el espacio que posee en nuestra ciudad el programa Punto Digital, procurando optimizar los recursos tecnológicos que posee y fortaleciéndolo con talleres y otras propuestas compatibles. · Articular con el gobierno de la Provincia del Neuquén la gestión de becas educativas y/o artísticas en la localidad, como así también otros programas que sean afines a los objetivos de la Dirección. · Ofrecer talleres y/o eventos de orientación vocacional, educación emocional (Ordenanza N° 13586) y prevención contra el grooming (Ordenanza N° 13896) destinados a estudiantes secundarios, como así también otros talleres que complementen la oferta educativa. · Coordinar acciones con otras áreas de la Secretaría de Cultura, cumpliendo la función de enlace entre el Municipio y las escuelas públicas y privadas, para garantizar la participación de estudiantes en los diferentes eventos culturales que tienen entre sus destinatarios a público infantil y adolescente. · Gestionar campañas educativas de interés comunitario, principalmente aquellas que tengan entre sus objetivos la formación de ciudadanía. · Realizar capacitaciones sobre perspectiva de género, interculturalidad y ciudadanía, destinadas a todas las personas que dicten talleres en cualquier área de la Secretaría de Cultura, y a quienes participen en calidad de docentes o coordinadores en las orquestas municipales. 4.2. - Dirección de Gestión Cultural. · Gestionar propuestas y proyectos referentes a las políticas culturales ante organismos provinciales, nacionales e internacionales. · Gestionar recursos ante diversos organismos e instituciones, tanto del sector público como el privado, para financiar eventos culturales de interés comunitario. · Gestionar el espacio público de la ciudad en todo lo referido a arte público, articulando acciones con las áreas administrativas que corresponda. · Articular acciones con el INT, INCAA, Ministerio de Cultura de la Nación y otras entidades afines, tanto de Provincia como de Nación, para recibir muestras, ciclos culturales, festivales y cualquier programación artística que pueda desarrollarse en el teatro San José, la sala Lidaura Chapitel u otros espacios de la localidad, incluyendo el espacio público. · Fortalecer la oferta de programas culturales permanentes y generar un calendario de eventos culturales que esté en sintonía con las competencias y funciones de la Secretaría de Cultura. · Supervisar y articular las tareas del Departamento Programa Artístico Permanente y el Departamento Gestión de Eventos Artísticos y Culturales, propiciando el trabajo en equipo. 4.2.1. - Departamento Programa Artístico Permanente. · Ejercer las funciones de autoridad de aplicación de la Ordenanza Nº 9491, Programa de Establecimientos de Promoción Cultural. · Supervisar el cumplimiento de la Ordenanza Nº 8147, Paseo de los Artesanos, otorgando permisos y credenciales, y manteniendo actualizado el Registro de Artesanos Urbanos. · Supervisar el cumplimiento de la Ordenanza Nº 10709, Espectáculos y actividades artísticas en la vía pública, otorgando permisos de acuerdo a la disponibilidad del espacio público autorizado para dichos fines, y manteniendo actualizado el padrón de artistas callejeros. · Participar en la programación del teatro San José y la sala de exposiciones Lidaura Chapitel. 4.2.1.1. - Área Teatro San José. · Gestionar el teatro San José, garantizando que esté disponible para la presentación de artistas locales y visitantes, como así también para el desarrollo de talleres municipales, capacitaciones y otras actividades que pueda recibir la sala Jorge Villalba. · Articular con los artistas que usen el teatro todo lo referido a publicidad, venta de entradas, uso de equipos técnicos, pago de cánones a SADAIC y ARGENTORES, etc. · Generar una programación propia, amplia y diversa, que incluya actividades teatrales, de danza, música, presentaciones de libros, talleres de teatro y cualquier otra actividad cultural que pueda recibir la sala, teniendo en cuenta que se trata de un edificio que es patrimonio histórico municipal. 4.2.1.2. - Área Sala de Exposiciones Lidaura Chapitel. · Gestionar la sala Lidaura Chapitel, priorizando la exhibición de obras de artistas plásticos (pintores, escultores y fotógrafos) locales y nacionales, y reservando fechas para la realización de eventos generados por la Secretaría de Cultura, u otros en los que participe la Municipalidad de San Martín de los Andes. · Elaborar el cronograma anual de la sala, que surgirá de la selección de las propuestas presentadas por artistas plásticos, e invitaciones especiales realizadas por la Secretaría de Cultura. La programación deberá ser amplia y diversa, atendiendo a las competencias y funciones de la Secretaría de Cultura. · Realizar visitas guiadas y talleres específicos destinados a niñas y niños, adolescentes y público adulto, destinados a formar público. · Articular acciones con la Asociación Amigos de la Sala Municipal de Exposiciones Lidaura Chapitel, favoreciendo la participación ciudadana. 4.2.2. - Departamento Gestión de Eventos Artísticos y Culturales. · Planificar y desarrollar eventos propios (ejemplos: Noche de las Artes, Carnaval Intercultural Cordillerano, Feria Regional del Libro, Fiesta Nacional del Montañés), atendiendo a las competencias y funciones de la Secretaría de Cultura. · Recibir y coordinar eventos generados por otros organismos oficiales, tanto de Nación como Provincia. · Auspiciar eventos producidos por otros agentes culturales. · Articular acciones con otros grupos locales generadores de eventos (ejemplos: Trabún, Festival Estival de Teatro). 4.3. - Departamento de Patrimonio Histórico y Ciencias. · Supervisar el cumplimiento de la Ley Nº 1923/91, del Patrimonio Cultural, Histórico, Etnográfico y Geológico de la Provincia del Neuquén, de acuerdo a lo indicado en la Ordenanza Nº 1917. · Supervisar el cumplimiento de la Ley Nº 2184/96, del Patrimonio Histórico, Arqueológico y Paleontológico de la Provincia del Neuquén, y Decreto Nº 2711/97 que la reglamenta. · Administrar el Registro Municipal del Patrimonio Cultural de San Martín de los Andes, asumiendo las funciones indicadas en el artículo 40 de la Ordenanza Nº 13532. · Administrar el Laboratorio Arqueológico. · Administrar el Archivo Histórico Municipal. · Realizar las actas y demás tareas administrativas que requiera el funcionamiento de la Comisión Municipal de Preservación del Patrimonio Cultural, Ordenanza Nº 13532. · Administrar el Museo Municipal Primeros Pobladores, garantizando que permanezca abierto al público en horario amplio, especialmente en épocas de mayor afluencia de turistas. · Organizar muestras en el museo e itinerantes, utilizando para ello parte de las colecciones que posee la Municipalidad, como así también colecciones privadas o procedentes de otros organismos públicos. · Coordinar visitas guiadas en el museo y en la ciudad (circuito histórico, arquitectónico, arqueológico). · Coordinar actividades con la Universidad Nacional del Comahue, la Intendencia del Parque Nacional Lanín, el CONICET, el INTA y otros organismos públicos y privados. · Gestionar recursos financieros y capacitaciones ante otros organismos gubernamentales y del sector privado para garantizar un mejor desarrollo del Departamento. · Articular acciones con la Asociación Amigos del Museo Municipal Primeros Pobladores, favoreciendo la participación de la comunidad en las gestiones vinculadas al patrimonio cultural material e inmaterial y la memoria colectiva.
5.1. - SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO COMUNITARIO.
· Evaluación de los pedidos y elaboración mensual de los listados. En casos excepcionales, se revisan los informes sociales y se eleva la información al área correspondiente (Orza. N° 12904/20). · Articulación con Tesorería municipal para coordinar fechas de cobro, gestionar los datos de CBU y oficiar de nexo con las personas beneficiarias en caso de no recibir el fortalecimiento económico. · Seguimiento de expedientes: recepción y derivación de expedientes según las Ordenanzas N° 2344/97 y N° 6798/06 (desgravación de jubilados, apeo y pedidos especiales), revisión de la gestión (documentación e informe social) y elevación al área correspondiente. · Revisión de los pedidos del equipo técnico (módulos, leña, bono de gas, ordenanzas, chapas, colchones, etc.), definiendo su aprobación o rechazo y estableciendo el período de vigencia. Asimismo, debe verificar que la documentación esté completa y correcta. · Revisión de programas provinciales vigentes, corroborando que se presente toda la documentación, que se cumplan los requisitos de cada área y realizando la lectura o corrección del informe social, el orden de la documentación y la nota de elevación conforme a los parámetros provinciales. Se contemplan la comunicación y el seguimiento de la gestión con los referentes de cada organismo. En concreto, abarca cuatro áreas: Adultos Mayores, Protección Integral de 0 a 60 años, Ley 2785 y Familias Solidarias. · Supervisión del personal administrativo y técnico de la Dirección.
· Seguimiento y supervisión de los insumos en las cocinas municipales, Cordones de Chapelco, Club de Dia, Chacra IV, Rohde, Centros de Desarrollo Infantil y Casa de las Infancias. · Fortalecer, revisar y ejecutar programas comunitarios dirigidos a conocer y abordar las estrategias de consumo y las prácticas alimentarias de las familias. · Posibilitar el acceso a una alimentación socialmente aceptada, variada y suficiente para el desarrollo de las familias y cada uno de sus integrantes. · Repensar juntamente con las familias beneficiarias el contenido de los bolsones que reciben, generando su participación activa en la definición, adquisición y distribución de los mismos. · Proponer progresiva y paulatinamente a los asistentes de los comedores comunitarios la determinación de la alimentación diaria que reciben, promoviendo la puesta en común sobre las prácticas familiares y el retorno progresivo a ellas.
Misión:
Generar políticas que promuevan el fortalecimiento familiar, con acciones dirigidas a la protección integral de los derechos de las mujeres, disidencias, niños, adolescentes, jóvenes y sus familias, que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y riesgo psicosocial, desde la perspectiva de género, restituyendo y efectivizando así el acceso a sus derechos sociales, especialmente en lo relacionado con las Leyes 2302, 2785 y 2786.
Funciones:
· Diseñar e implementar políticas públicas de asistencia inclusivas destinadas a promover los derechos de las familias, mujeres, disidencias, niñas, niños y adolescentes. · Desarrollar programas y proyectos para fortalecer la familia y promover la igualdad de oportunidades · Promover los derechos de las infancias, adolescencias, disidencias y familias, asegurando su bienestar y protección. · Definir lineamientos rectores para la implementación de políticas públicas de niñez, adolescencia, familia y disidencias. · Realizar capacitaciones y supervisiones para los Equipos Técnicos, y operadores que atienden en la Secretaría de Desarrollo Humano, en pos de apoyar y cuidar a quienes cuidan, fortaleciendo además el trabajo en equipo interdisciplinario, promoviendo así la mejora en la calidad del servicio que se brinda, impulsando la especialización y jerarquización en la atención. · Investigar, desarrollar y sistematizar información que permita profundizar y actualizar la situación local de la niñez, la adolescencia, las mujeres, disidencias y las familias sanmartinenses. · Participar del Consejo de la Comunidad para la Niñez, Adolescencia y la Familia de San Martín de los Andes. · Coordinar con otros Ministerios, Secretarías Municipales y Organismos para implementar políticas con perspectivo de género que restituyan los derechos sociales a las personas/ familias que se asisten. · Trabajar para prevenir y erradicar la violencia familiar, de género. · Coordinar con instituciones públicas y privadas para implementar políticas con perspectiva de género y derechos humanos. · Gestionar recursos y presupuestos para implementar programas y proyectos que tiendan a garantizar el acceso a los derechos de las personas que se asisten.
Supervisar, acompañar y ajustar las estrategias de intervención de los Equipos técnicos de familia, de forma que las mismas acciones se correspondan con la efectivización y restitución de derechos en forma integral de las personas que se atienden, desde la perspectiva de género y los derechos humanos.
· Diseñar modelos y dispositivos que garanticen la restitución, reparación de daños de las personas vulneradas desde la perspectiva de derechos y género, es decir, en correspondencia con las leyes provinciales y nacionales. · Supervisar las acciones desarrolladas por los equipos técnicos de las Delegaciones Municipales Centro, El Arenal y Cordones del Chapelco, en pos de repensar las estrategias de intervención, efectivizando así la restitución de los derechos vulnerados. · Articular y coordinar acciones con quienes conforman el Sistema de Protección Integral (salud, seguridad, educación, juzgados, defensoría, organizaciones civiles, comunidad, etc.). · Recepcionar, asesorar y coordinar acciones con la Casa de las Infancias, Casa de la Mujer “Juana Azurduy”, con los Centros de Desarrollo Infantil y los espacios comunitarios, que detecten alguna situación de vulneración de derechos en el marco de la Ley 2302, 2785 y 2786. · Gestionar capacitaciones y supervisar a los equipos de apoyo (operadores, acompañantes domiciliarios, líderes y referentes barriales). 5.2.2. - DIRECCIÓN GENERAL DE DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN INTEGRAL. Misión:
· Promover e implementar políticas de promoción y prevención que contribuyan a la plena igualdad jurídica, social, económica, laboral, política y cultural entre las personas respetando las diversidades sexo-genéricas y las orientaciones sexuales de las mismas. · Proyectar e implementar medidas que incorporen la transversalización del enfoque de género en el estado municipal (aplicación ley Micaela). · Planificar acciones necesarias para el desarrollo coordinado y conjunto de políticas de concientización, prevención y abordaje en las temáticas de niñez y adolescencias con organismos gubernamentales, no gubernamentales, asociaciones civiles, instituciones educativas y cualquier otra organización que tenga objetivos afines a los asignados a la Dirección. Favoreciendo así acciones que propicien el respeto y ejercicio pleno de la convención de los derechos de los niños, las niñas y adolescencias. · Ejecutar políticas participativas en donde la voz de los niños, las niñas y adolescencias sea tenida en cuenta y prevalezca su desarrollo integral. · Ejecutar políticas de prevención del suicidio en nuestras infancias y adolescencias. · Fortalecer la participación en redes comunitarias e institucionales. · Establecer acciones de enlace y coordinación con las distintas áreas municipales. · Acompañar e intervenir en situaciones problemáticas sociales de manera intersectorial. · Facilitar y coordinar los circuitos institucionales intervinientes en programas que competen a la Secretaría de Desarrollo Humano. · Articular con organismos de gestión provincial a fin de lograr la implementación de programas pertinentes en respuesta a las necesidades de la localidad. · Participar en las redes locales que diseñan y planifican dispositivos de acompañamiento integral para adolescencias. · Establecer canales de diálogo permanente con sujetos sociales representativos de la comunidad. · Promover y articular acciones recreativas, educativas, culturales y comunitarias tendientes a garantizar el desarrollo pleno de las infancias y adolescencias. · Ejecutar políticas participativas en donde la voz de los niños, las niñas y adolescencias sea tenida en cuenta y prevalezca su desarrollo integral. · Desarrollar políticas de concientización sobre la importancia del respeto a la diversidad en las infancias y adolescencias. · Generar espacios formativos y de reflexión en relación con la crianza y acompañamiento de adolescentes. · Generar propuestas de difusión, promoción y prevención de las problemáticas actuales de las infancias y adolescencias.
· Desarrollar y ejecutar políticas participativas en el funcionamiento y organización de los servicios municipales de atención a la primera infancia. · Rediseñar el funcionamiento de los Centros de Desarrollo Infantil, orientado a mejorar, ampliar y reformular sus objetivos, sus destinatarios y sus prácticas. · Protección del derecho al desarrollo pleno e integral del niño y la niña como derecho articulador de todos los demás derechos. · Desarrollar acciones socioeducativas con sentido participativo, colaborativo e interactivo, con miras a la protección de los derechos de la primera infancia. · Enmarcar en los términos de las leyes vigentes los espacios de atención de niños/as dependientes del Estado municipal, de manera progresiva, respetando la idiosincrasia, historia y particularidades de cada uno de ellos y a los requerimientos que la comunidad implicada requiera. · Generar espacios de formación para los equipos de trabajo de cada uno de los centros. · Reformular, mejorar y ampliar los marcos normativos para el funcionamiento de la Dirección, optimizando la organización administrativa y los procedimientos internos, que se orienten a una mejor atención e intercambio a las inquietudes, problemáticas y demandas de cada ciudadano/a que concurra a la Secretaría. 5.2.4.1. - Departamento CDI Pichi Rayen. 5.2.4.2. - Departamento CDI Semillitas. 5.2.4.3. - Departamento CDI Aitue. · Desarrollar acciones socioeducativas desde una perspectiva integral con niños y niñas de hasta cuatro años de edad en pos de la promoción y protección de sus derechos, con proyección familiar y comunitaria. · Protección del derecho al desarrollo pleno e integral del niño y la niña como derecho articulador de todos los demás derechos · Llevar a cabo acciones socioeducativas desde una perspectiva crítica, con sentido participativo, colaborativo e interactivo, asegurando la construcción temprana de ciudadanía. · Ampliar el alcance de las acciones socioeducativas a la familia, prioritariamente al vínculo madre-hijo/a, respetando las pautas culturales y propiciando el pleno desarrollo y acceso a los bienes culturales. · Participar del funcionamiento en redes con los equipos técnicos de Desarrollo Humano, Salud, Educación y con las organizaciones de la sociedad civil en pos de la tarea de promoción, protección y efectivización de derechos. · Participar de las instancias locales en pos de la tarea de visibilizar la cuestión de la infancia en el marco del paradigma de derechos, buscando que esta sea una ciudad segura y habitable para ellos, promoviendo buenas prácticas de cuidado, protección y reparación hacia las infancias. · Participar del desarrollo de legislación local que norme la convivencia ciudadana incluyendo el lugar de la infancia y el respeto por sus derechos. · Trabajar en pos de asegurar en todos los órdenes el interés superior de los/as niños/as. · Ofrecer espacios integrales educativos pensando en el desarrollo pleno de las infancias favoreciendo el trabajo en red con las áreas competentes. 5.3. - Área de estadísticas.
· Desarrollar y asegurar el establecimiento y funcionamiento de una base de datos amplia que permita fácil acceso a la información y contribuya a la toma de decisiones. · Centralizar la información medible y cuantificable de cada uno de los espacios y servicios que se desarrollan en el marco de la Secretaría de Desarrollo Humano. · Normatizar y asegurar el acceso a la información para todos los y las integrantes de la Secretaría. · Sugerir criterios de recogida y almacenaje de información acorde a la búsqueda de una mayor optimización de los recursos y del tratamiento de la información.
6.1. - DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO. 6.1.1. - Dirección de Planificación Turística. 6.1.1.1. - Departamento de Programas y Proyectos. 6.1.1.2. - Departamento de Observatorio Turístico. 6.1.2. - Dirección de Promoción y Marketing. 6.1.2.1. - Departamento Eventos. 6.1.2.2. - Departamento Comunicación y Promoción Digital. 6.1.3. - Dirección de Servicios, Fiscalización y Obras Turísticas. 6.1.3.1. - Departamento Supervisores de Servicios. 6.1.3.2. - Departamento de Habilitaciones y Registro. 6.1.3.3. - Departamento Gestión de Quejas y Reclamos. 6.1.3.4. - Departamento Asistencia al Turista. 6.1.3.5. - Área Informes Turísticos. 6.1.4. - Área de Calidad Turística. 6.1.5. - Bureau de Eventos. 6. - SECRETARÍA DE TURISMO. Competencias: · Diseñar, desarrollar y difundir las políticas municipales de turismo sustentable en sus dimensiones sociales, ambientales y económicas para beneficio de la comunidad, velando por la satisfacción de los turistas. · Diseñar, supervisar y coordinar la ejecución de políticas de promoción y desarrollo de las actividades económicas y del potencial empresarial del ámbito municipal. · Promover el desarrollo de las potencialidades locales en materia de turismo a través de la cooperación público-privada. · Propiciar Programas y Proyectos destinados a promover el desarrollo turístico de nuestra Región y de la localidad, y gestionar su financiamiento. · Incentivar programas y actividades de posicionamiento y marketing del destino por sí y en forma coordinada con el ENSATUR, promoviendo la participación del sector privado. · Promover la Integración de la Política Municipal de Turismo con los Entes Turísticos Regionales, Provinciales y Nacionales. · Fomentar la articulación e integración de otros procesos productivos, impulsar y promover la mejora de la calidad de los servicios y de la producción, diseñar y promover sistemas de calidad para la competitividad e impulsar la creación de la infraestructura y los servicios estratégicos necesarios. · Impulsar e instrumentar los mecanismos de articulación institucional entre los gobiernos locales de la región y entre los sectores productivos, educativos, deportivos, científico-tecnológicos y profesionales. · Coordinar la cooperación con otros municipios de la región y fortalecer la competitividad territorial. · Elaborar el proyecto y/o bases para la creación del Fondo de Promoción Turística. El Fondo de Promoción Turística tendrá afectación presupuestaria específica. EN.SA.TUR. (ENTE SANMARTINENSE DE DESARROLLO TURISTICO). Ente autárquico creado por Ordenanza N° 968, Año 1992 cuyo objetivo es el desarrollo, planificación, promoción y ejecución de planes y programas para el progreso turístico de San Martín de los Andes. Secretaria de Ensatur, sus tareas son Recepción y resolución de lo inherente al ente, coordinación de agenda de reuniones. Recepción de llamados y de personas físicas y entidades. Redacción de notas, contratos, certificaciones, etc. (tareas administrativas municipales). Recepción y seguimiento de notas enviadas. Recepción y despacho de tareas administrativas del ente. Articulación con diferentes sectores del Municipio, según se requiera. Colaboración en las diferentes áreas para mejorar su tarea. Compras de útiles y otros elementos necesarios para el ente. Asistencia en las reuniones de ENSATUR para escritura de actas. Coordinación de tareas con mesa de Entradas. 6.1. - DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO. Misiones y funciones: · Asistir al Secretario en la planificación de los planes y proyectos tendientes al desarrollo sustentable y competitivo de la oferta turística. · Establecer las políticas de diferenciación y posicionamiento y estrategias de comunicación, que desarrollen un adecuado vínculo entre las áreas involucradas en el sector turístico. · Atender las relaciones institucionales con las organizaciones regionales, nacionales e internacionales, oficiales y privadas, y con los organismos públicos nacionales y provinciales. · Coordinar todas las acciones y planificaciones que se lleven a cabo entre las diferentes áreas de la Secretaría y con otras áreas municipales. · Servicios y Obras Turísticas: habilitar, categorizar, inspeccionar y fiscalizar los servicios, obras y gestión de productos turísticos. · Controlar la calidad y planificación turística. Coordinar con las distintas jurisdicciones SECTUR, APN, PNL, Gobierno Provincial, Corredor de los Lagos, tanto vigentes como por crearse la legislación, el desarrollo de los productos turísticos, estadísticas, diseño y gestión. · Entenderá en la atención al público, comercialización, y gestión de marketing, página web, promoción, RRPP y prensa, eventos, ferias. 6.1.1. - Dirección de Planificación Turística.
7. - SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SOSTENIBLE. 7.1. - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO URBANO. 7.1.1. - Dirección de Catastro. 7.1.1.1. - Departamento de Catastro. 7.1.2. - Dirección de Obras Particulares. 7.1.2.1. - Área Visados. 7.1.2.2. - Área Inspecciones. 7.1.2.3. - Área Cementerio. 7.1.2.4. - Área Coordinación General Administrativa. 7.2. - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN AMBIENTAL. 7.2.1. - Dirección de Monitoreo Ambiental. 7.3. - DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS Y PROYECTOS. 7.3.1. - Dirección de Planeamiento. 7.3.2. - Área de Espacios Públicos. 7. - SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SOSTENIBLE. Definir políticas y estrategias programáticas de planeamiento y desarrollo urbano, entendiendo a este como un proceso de transformación, cambio estructural de los asentamientos humanos y consolidación de una adecuada ordenación territorial en sus aspectos físicos, ambientales, económicos y sociales en pos del mejoramiento de la calidad de vida de la población. · Programar, coordinar y supervisar la elaboración e implementación de estudios de planificación urbana. · Implementar los mecanismos de coordinación, evaluación y control de la planificación del desarrollo urbano definiendo resultados estratégicos y horizontes de corto, mediano y largo plazo. · Coordinar, dirigir y aprobar las actividades técnicas y administrativas de las secciones que la conforman. · Promover y facilitar la participación ciudadana en la elaboración y seguimiento de los planes de desarrollo urbano y gestión ambiental. · Revisar las principales normativas urbanísticas y ambientales en función de los cambios de la ciudad y los resultados obtenidos en su aplicación facilitando la participación de los distintos actores involucrados. · Generar políticas y estrategias de gestión de tierras para el desarrollo de viviendas de interés social incorporando herramientas económicas y tributarias a fin de mejorar la capacidad de gestión del suelo urbano. · Conformar un Banco de Tierras. · Conformar un área específica de desarrollo urbano y vivienda que viabilice la gestión del hábitat y de las tierras urbanas, conteniendo temáticamente las componentes regularización dominial, gestión legal, área técnica y se vincule con el Sistema de información geográfica. · Definir medidas de equipamiento urbano particularmente para edificios y espacios, de uso público. · Proponer pautas de ordenación territorial y de estructuración vial de la ciudad y su área de influencia. · Fiscalizar y controlar Proyectos de Obras que tienen impacto en el desarrollo urbano y en el perfil arquitectónico y turístico de la ciudad. · Aplicar el Código de Edificación, y propiciar mecanismos adecuados de actualización y dictamen de sustento técnico. · Controlar el cumplimiento de las normas legales vigentes sobre edificación privada y municipal. · Elaborar proyectos específicos de Arquitectura e Ingeniería que resulten de la planificación global de la ciudad. · Intervenir en la aprobación y fiscalización de Proyectos Urbanísticos a realizarse en el Ejido Municipal. · Administrar el catastro territorial, en los aspectos físicos, jurídicos y económicos. · Desarrollar políticas y estrategias de gestión ambiental. · Formular e implementar programas y proyectos con financiamiento externo, a fin de que puedan ser transferidos oportunamente al sector a que corresponda su ejecución: agua y saneamiento, infraestructura urbana; equipamiento comunitario, equipamiento deportivo, manejo de cuencas hídricas etc. · Formular Programas y Proyectos conjuntamente con las distintas Secretarías Municipales. · Implementar, integrar y administrar el Sistema de Información Geográfico 7.1. - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO URBANO. Misiones y Funciones · Instrumentar y viabilizar las políticas y estrategias de planificación urbana. · Coordinar y vincular las distintas áreas que intervienen en el proceso de revisión y aprobación de los proyectos urbanísticos privados y públicos. · Evaluar los proyectos y su contexto urbano ambiental en el marco de la ordenanza Nº 8.390/09. · Formular las normativas de planes y programas tendientes a la calificación urbanística de San Martín de los Andes. · Entender en la normativa de los usos del suelo y del tejido urbano de San Martín de los Andes. · Proponer las modificaciones y actualizaciones al Código de Edificación. · Entender en la elaboración, interpretación y supervisión de normas de planeamiento urbano, la puesta en valor del patrimonio arquitectónico y urbanístico. · Resolver las discrepancias interpretativas de la normativa vigente mediante el correspondiente dictamen técnico no vinculante. · Recoger observaciones, propuestas y sugerencias de los distintos actores usuarios de la normativa de uso del suelo y del Código de Edificación. · Establecer los procedimientos de evaluación y fiscalización de proyectos actualizando los existentes y proponiendo nuevas metodologías que acompañen la dinámica del crecimiento urbano y del uso del suelo. · Analizar resultados obtenidos por aplicación de la normativa y proponer criterios para su adecuada interpretación y aplicación. · Procurar soluciones a los problemas urbanos comunes. · Entender en cuanto al grado de apropiación del terreno para evitar el uso irracional del suelo urbano. · Coordinar con otras oficinas provinciales y municipales de competencia similar, la creación e implementación de normativa urbana y de uso del suelo, en áreas limítrofes de las jurisdicciones respectivas, coordinando acciones y programas comunes. · Proponer nuevas exigencias vinculadas a los documentos existentes. · Promover el conocimiento y el respeto por parte de la población, de la normativa urbana y del Código de Edificación. 7.1.1. - Dirección de Catastro. · Publicitar el Estado Parcelario y la Documentación que le da Origen · Asesorar y asistir en problemas específicos de su incumbencia · Actualizar y conservar la información catastral · Conocer el territorio · Elaborar datos económicos y estadísticos de base para la legislación tributaria · Delimitar y definir Líneas Municipales · Confeccionar y visar Planos de Mensuras · Confeccionar Disposiciones de Visados de planos de mensuras · Realizar inscripciones en el registro de la Propiedad Inmueble de Neuquén · Actualizar la base de datos de la Municipalidad 7.1.1.1. - Departamento de Catastro. · Ejecutar y organizar las tareas propias de la Dirección de Catastro · Confeccionar el sistema de registro y monitoreo catastral del municipio 7.1.2. - Dirección de Obras Particulares. Misiones y funciones: · Aplicar el Código de Edificación y toda la normativa específica del área. · Ejercer el poder de policía en las inspecciones, a fin de confeccionar actas de constatación o infracción. · Controlar el cumplimiento de las normas legales vigentes sobre edificación privada y municipal. · Cumplir y hacer cumplir en tiempo y forma todo el proceso inspecciones pautadas, y las de monitoreo de rutina. · Organizar, distribuir y controlar el proceso de inspecciones de construcciones, por actuación espontánea u organizando rutinas, y para concreción de trámites inherentes a la aprobación de planos y de certificado final de obra. · Coordinar las tareas de los inspectores. Organizar la estructura y funcionamiento del área, evaluar tiempos de desarrollo, eficiencia y resultados. · Asignar tareas y prioridades, determinando métodos, controlando cantidad y calidad. 7.1.2.1. - Área Visados. · Aplicar el Código de Edificación y toda la normativa específica del área. · Propiciar mecanismos adecuados de actualización y dictamen de sustento técnico. · Controlar el cumplimiento de las normas legales vigentes sobre edificación privada y municipal. · Cumplir y hacer cumplir en tiempo y forma todo el proceso de visado de planos · Organizar, distribuir y controlar el proceso de visado de planos que ingresan a la mesa de entradas del sector. · Supervisar al personal afectado a las tareas de visado. · Asignar tareas y prioridades, determinando métodos, controlando cantidad y calidad, corrigiendo errores, manteniendo disciplina, en forma regular y estable. 7.1.2.2. - Área Inspecciones. · Aplicar el Código de Edificación y toda la normativa específica del área. · Ejercer el poder de policía en las inspecciones, a fin de confeccionar actas de constatación o infracción. · Controlar el cumplimiento de las normas legales vigentes sobre edificación privada y municipal. · Cumplir y hacer cumplir en tiempo y forma todo el proceso inspecciones pautadas, y las de monitoreo de rutina. · Organizar, distribuir y controlar el proceso de inspecciones de construcciones, por actuación espontánea u organizando rutinas, y para concreción de trámites inherentes a la aprobación de planos y de certificado final de obra. · Coordinar las tareas de los inspectores. Organizar la estructura y funcionamiento del área, evaluar tiempos de desarrollo, eficiencia y resultados. · Asignar tareas y prioridades, determinando métodos, controlando cantidad y calidad.
8. - DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN PÚBLICA. 8.1. - Dirección de Ceremonial y Protocolo. 8. - DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN PÚBLICA. Con dependencia directa del Intendente municipal: · Coordinar con los Secretarios, Subsecretarios y Directores Generales, la información sobre el desarrollo de los planes, programas y proyectos que se adelanten en cada dependencia y/o organismo. · Realizar las demás funciones que el Intendente le asigne y que estén acordes con la misión de la dependencia. · Tendrá la responsabilidad de procesar la información que emane de los actos de gobierno, adecuándola técnicamente a los medios que serán utilizados, eligiendo las estructuras y formatos que más convengan, para su mayor alcance, teniendo en cuenta los diferentes perfiles de público a los cuales se desea llegar. · Instrumentará y dimensionará los distintos medios de comunicación gráfica que fueran necesarios para apoyo de la gestión, a través de la contratación de profesionales para tal fin. · Estructurará y dimensionará en forma y tiempo las campañas de prevención, información y concientización a la comunidad. · Tendrá a su cargo la dirección y coordinación de la Radio Municipal de San Martín de los Andes, fijando estructura, personal y contenidos de la misma. · Gestionará las entrevistas con los medios de los diversos integrantes del equipo municipal, registrando el contenido de las mismas para su posterior análisis y evaluación o simplemente su archivo, como elemento de recurso a posteriori. · Mantener actualizada la documentación e información de asuntos que requiera la atención directa del Intendente. 8.1. - Dirección de Ceremonial y Protocolo · Elaborar los ordenamientos, la precedencia y los procedimientos protocolares de la institución · Planificar, organizar, coordinar y supervisar todos los actos y ceremonias protocolares de la Municipalidad · Supervisar la correcta aplicación de las normas y disposiciones referentes a la precedencia, los símbolos nacionales, provinciales, municipales y extranjeros en la sede la Municipalidad y en los lugares que esta lleve a cabo sus actos y ceremonias. · Recepcionar, dar curso, registrar y contestar las invitaciones que reciba el Intendente Municipal. · Coordinar con el gabinete municipal el rol protocolar de los funcionarios, en actos y ceremonias oficiales. · Programar y planificar la agenda protocolar · Asesorar y asistir en la organización de reuniones del Intendente en actos oficiales que deba concurrir. · Recibir y acompañar a las autoridades de las distintas Instituciones, que visiten a la Intendencia Municipal. · Asesorar al gabinete municipal en los actos y eventos que requieran la presencia del Intendente municipal. · Mantener actualizado el protocolo Nacional, Provincial, Municipal y de todas las instituciones gubernamentales, organizaciones civiles y organizaciones no gubernamentales de la localidad. · Organizar las audiencias protocolares del Intendente y su gabinete. · Presentar el presupuesto anual. · Adquirir y administrar los obsequios protocolares. · Coordinar las actividades con la agenda de ceremonias, actos y acciones en las que deba participar el Intendente Municipal. · Resguardar los emblemas que posea el Municipio. · Organizar recepciones, almuerzos, cenas y otros tipos de actividades de cortesía a Autoridades que visiten al Municipio y/o sean invitados especiales del Intendente o su gabinete. · Emitir el calendario anual de los actos oficiales del municipio. · Coordinar, distribuir y supervisar las labores del personal a cargo de la Dirección. · Regular el uso del Salón Municipal.