Volver
Versión para Imprimir
Información Adicional
Ordenanza N° 3927, Año 2000
Modif. Orza Perros
Publicación : 01/09/2001
-- Boletín Oficial N° 142
NORMA DEROGADA
ARTICULO 1º: INCORPORASE a la Ordenanza 3.475/00, el artículo 14º bis, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 14 bis: Será de aplicación a la población felina todo lo invocado en la presente ordenanza.”
ARTICULO 2º: MODIFICASE la Reglamentación aprobada por Ordenanza 3.926/00, en el Título del Capitulo IX el se se denominará “Del Animal Agresivo”.
ARTICULO 3º: INCORPORASE a la Reglamentación aprobada por Ordenanza 3.926/00 el Articulo 25º bis con el siguiente texto:
“ARTICULO 25º bis: Los Artículos 21 a 25 inclusive del Capitulo IX serán de aplicación a la población felina”.-
ARTICULO 4º :Regístrese, comuníquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, en Sesión de Prórroga nº 01 de fecha 20 de Diciembre del 2.000, según consta en Acta correspondiente.-
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
Volver