ARTÍCULO 1º.- FACÚLTASE, hasta el 31 de diciembre de 2024, al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la contratación y/o compra en forma directa, de alimentos destinados a los Comedores comunitarios y Programas Nutricionales dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social; cuando los montos superen lo establecido en el sub inciso q) del Artículo 3° Reglamento de Compras y Contrataciones, Ordenanza N° 6.698/2006.
ARTÍCULO 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitir a este Cuerpo un informe mensual con el detalle de los gastos realizados.-
ARTÍCULO 3º.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 4 de fecha 14 de marzo de 2024, según consta en Acta correspondiente.-