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Información Adicional
Ordenanza N° 7193, Año 2006
Modif. Orza. 4020/01-Tatuajes y piercing
Publicación : 02/05/2007
-- Boletín Oficial N° 316
NORMA SOLO MODIFICATORIA O DEROGATORIA
ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE
el inciso a) del Artículo 4º de la Ordenanza 4020/01, el que queda redactado de la siguiente forma:
“a) La existencia de un local independiente, de medidas mínimas de superficie de cuarenta (40) metros cuadrados, no pudiendo el mismo encontrarse dentro de una vivienda particular”.
ARTÍCULO 2º:
MODIFÍCASE
el inciso b) del Artículo 4º de la Ordenanza 4020/01, el que queda redactado de la siguiente forma:
“b) El local debe contar con un gabinete sanitario completo y en funcionamiento”.
ARTÍCULO 3º:
La presente Ordenanza tendrá vigencia y ejecutividad a partir de la sanción de la misma.
ARTÍCULO 4º:
Regístrese, comuníquese, publíquese, y cumplido, dese al Archivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, en Sesión de Prórroga Nº 01 de fecha 20 de Diciembre del 2.006, según consta en Acta correspondiente.-
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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