ARTICULO 1º: REAFIRMASE el texto de la Ordenanza 4063/01 sancionada el 10 de mayo de 2001, la que se ratifica en todos sus términos. ARTÍCULO 2º: Remitir la Ordenanza 4063/01 y la presente al Departamento Ejecutivo para la inmediata promulgación de la primera conforme lo establece el Art. 76 de la Carta Orgánica. ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, en Sesión Prórroga nº 2 de fecha 27 de Diciembre del 2.001, según consta en Acta correspondiente.-