ARTíCULO 1: SUSPÉNDESE por un plazo de 180 días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la autorizaciones y visado de planos de proyectos para la construcción de nuevos galpones, en el área comprendida por el Barrio Villa Paur.- ARTÍCULO 2: ENCOMIÉNDASE al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración de una norma general que considere la adecuada planificación de este tipo de construcciones y sus usos, considerando escalas y zonificaciones, con el debido sustento técnico.- ARTíCULO 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, dése al archivo municipal.