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Ordenanza N° 14379, Año 2023
Sistema Municipal de Estacionamiento Medido y Pago
Publicación : 11/24/2023 -- Boletín Oficial N° 711
Estacionamiento Medido y Pago

ARTICULO 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar el Sistema Municipal de Estacionamiento Medido y Pago en el Casco Céntrico.

ARTICULO 2º: ENTIÉNDESE por Estacionamiento Medido al sistema por el cual la Municipalidad de San Martín de los Andes percibirá un pago de carácter obligatorio en concepto de canon por el uso de un espacio público de la calzada, equivalente al necesario para el estacionamiento de 1 (un) vehículo durante un lapso determinado de tiempo.

ARTICULO 3º: ENCOMIÉNDASE al Departamento Ejecutivo Municipal la convocatoria de oferentes de distintas propuestas, para implementar un Sistema de Estacionamiento Medido y Pago, para que sean analizadas conjuntamente con el Concejo Deliberante.

ARTICULO 4º: ENCOMIÉNDASE al Departamento Ejecutivo Municipal la revisión y confección de un informe que deberá enviar al Concejo Deliberante, en un plazo no mayor a 30 días, y previo a la convocatoria aludida en el Artículo 3° de la presente, de:

a) las reservas de estacionamiento para personas con discapacidad;
b) las reservas exclusivas para la carga y descarga de mercadería de los vehículos con carga máxima de hasta tres mil quinientos (3.500) kg. de peso total;
c) los estacionamientos libres para ascenso y descenso de pasajeros del transporte público;
d) las reservas de espacio, libre de estacionamiento vehicular, frente a las hosterías y hoteles con destino exclusivo al ascenso y descenso de pasajeros;
e) las terrazas gastronómicas;
f) las paradas de taxis en el casco céntrico enumeradas en el Artículo 24 de la Ordenanza 4166/01;
g) las prohibición de estacionar frente a establecimientos, en el marco de los incisos 4 y 5 del Artículo 49 de la Ley Nacional de Tránsito 244.449;
h) las reservas de estacionamiento exclusivos para ciclomotores y motocicletas;
i) las reservas particulares de estacionamiento para personas con discapacidad;
j) las reservas de estacionamiento frente a entidades financieras;
k) las reservas de estacionamiento de reparticiones oficiales; y
l) las reservas de uso exclusivo particular.

ARTÍCULO 5º.- AFÉCTASE lo efectivamente recaudado por la Municipalidad por la implementación del sistema de Estacionamiento Medido y Pago a solventar la gratuidad del boleto estudiantil. El saldo resultante se afectará al Fondo específico “Tarifas del Transporte Urbano de pasajeros” y al diseño de un proyecto integral de movilidad urbana.

ARTICULO 6º: ENCOMIÉNDASE al Departamento Ejecutivo Municipal el traslado de todas las rampas de accesibilidad, a la ochava y el relleno del cordón de las rampas trasladadas.

ARTICULO 7º: ENCOMIÉNDASE al Departamento Ejecutivo Municipal la fiscalización y control de lo normado por el Artículo 5.7.15 del Código de Edificación Ordenanza 12.526/2019.

ARTICULO 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-










Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 26 de fecha 02 de noviembre de 2023, según consta en Acta correspondiente.-


"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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