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Ordenanza N° 13075, Año 2020
Suspensión cobro derechos a venta ambulante
Publicación : 01/08/2021 -- Boletín Oficial N° 627



ARTÍCULO 1º.- SUSPÉNDESE el cobro de los derechos por venta ambulante, establecidos en la Ordenanza “Tarifaria Anual”, vigente, por el término de 180 (ciento ochenta) días, periodo de vigencia de la Declaración de Emergencia Económica y Social. Para ello, la Secretaría de Economía y Hacienda será la encargada de evaluar la situación presentada y realizar el procedimiento necesario para formalizar y materializar el acto administrativo.-

ARTÍCULO 2º.- Serán beneficiarios de lo normado en el artículo 1° de la presente, aquellos vendedores ambulantes que estén inscriptos en el Registro Municipal de Vendedores Ambulantes, conforme lo establece la Ordenanza N° 837/92.-


ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-



Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Especial Nº 18 de fecha 17 de diciembre 2020, según consta en Acta correspondiente.-


"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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