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Ordenanza N° 2614, Año 1997
Caducidad Planes de Pago
Publicación : 01/15/1998 -- Boletín Oficial N° 47



ARTICULO 1º: DERÓGASE el artículo 3º de la Ordenanza nº 1639/94, el artículo 23º de la Resolución nº 241/96, ratificada por la Ordenanza nº 1933/96, el artículo 3º de la Ordenanza nº 2123/96 y el artículo 3º dela Ordenanza nº 2445/97.-
ARTICULO 2º: AUTORÍZASE al Ejecutivo Municipal para implementar las condiciones de caducidad y fechas de vencimiento que se detallan, para la totalidad de los planes de pago acordados por éste:
a) Condiciones de Caducidad: Todos los planes de pago caducarán en forma automática con tres (3) cuotas vencidas impagas al vencimiento de la cuota inmediata siguiente o bien al registrar cualquier cuota impaga ciento veinte (120) días corridos de su vencimiento. (Texto según ordenanza 2765/98)
b) Fechas de vencimiento: Todos los planes de pago tendrán como única fecha de vencimiento mensual el día diez (10) de cada mes o bien el primer día hábil siguiente en el caso en que la fecha dada no sea un día hábil. Si el pago de la primer cuota se abona el 1 al 15 de cada mes, la segunda cuota vence el día 10 del mes siguiente. Si el pago de la primer cuota se abona después del día 15, la segunda vence el día 10 del mes subsiguiente.-
ARTICULO 3º: Todos los planes vigentes y a otorgarse en el futuro se adecuarán a la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4º: El Ejecutivo Municipal deberá comunicar a cada contribuyente su estado de deuda, luego de transcurridos cincuenta (50) días de mora.-
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.-

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