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Información Adicional
Ordenanza N° 7673, Año 2007
Creacion Centro Municipal Chacra 30
Publicación : 12/28/2007
-- Boletín Oficial N° 334
ARTÍCULO 1: CRÉASE
el
Centro Municipal Chacra 30
con el objeto de diseñar una administración municipal adecuada, que acerque el municipio a los vecinos y canalice una adecuada prestación de los servicios municipales.-
ARTÍCULO 2:
El
Centro Municipal Chacra 30
es un organismo desconcentrado de la administración pública municipal, dependiente del Intendente Municipal y administrativamente de la Secretaría de Gobierno, en el marco de lo establecido en el “Programa de Modernización Territorial”, dispuesto por Resolución N ° /07.-
ARTÍCULO 3:
La persona responsable
de funcionamiento del
Centro Municipal Chacra 30
será designada por el Intendente Municipal.-
ARTÍCULO 4:
El
Centro Municipal Chacra 30
deberá:
a.
Recibir, ordenar y canalizar las demandas de los vecinos.
b.
Informar, con antelación suficiente, al área que se corresponda de todo acto o hecho que implique un perjuicio al municipio.
c.
Procurar la amplia colaboración de los vecinos y Juntas Vecinales de la zona para el equilibrado funcionamiento del Centro.
d.
Adoptar y/o proponer las medidas que contribuyan al bienestar de la población.
e.
Trabajar concurrentemente con los secretarios y subsecretarios del área que se corresponda para dar satisfacción a los reclamos de los vecinos.
f.
Agilizar y concretar los programas municipales a cargo de los secretarios.
g.
Lograr el mayor interés de los vecinos en el mejoramiento y mantenimiento del espacio público y privado.
h.
Informar al Departamento Ejecutivo. Intendente Municipal, de las acciones llevadas a cabo.
ARTÍCULO 5:
El responsable deberá elaborar una estructura orgánico-funcional adecuada y deberá ser dotada con los recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos trazados.-
ARTÍCULO 6:
Los gastos que demande la ejecución de la presente se imputarán a la partida presupuestaria reasignada por la prórroga del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 7:
-Regístrese, comuníquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.-
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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