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Ordenanza N° 13239, Año 2021
Difusión producciones musicales y artistas locales
Publicación : 08/13/2021 -- Boletín Oficial N° 644

ARTÍCULO 1°.- CONTÉMPLESE en la grilla de programación de los medios públicos y privados audiovisuales de San Martín de los Andes, la incorporación de producciones musicales de artistas, bandas, grupos y formaciones musicales locales.- (Sustituido por Orza. nº 13460/21)

ARTÍCULO 2°.- INCLÚYASE en la programación de recitales, conciertos y festivales, presenciales y/o virtuales públicos o privados, llevados a cabo en nuestra localidad, a producciones musicales de artistas, bandas, grupos y formaciones sonoras locales,.-

ARTÍCULO 3°.- CONTÉMPLESE en la producción y en la realización de videos de promoción, difusión y/o publicidades, privadas o públicas, realizados en nuestra localidad, a producciones musicales de artistas, bandas, grupos y formaciones sonoras locales.-

ARTÍCULO 4°.- DIFÚNDASE Y PARTICÍPESE a productores locales, nacionales y extranjeros, del Registro Municipal de Trabajadores de la Cultura, artistas y trabajadores de la música, las artes escénicas, plásticas, performáticas, el cine y la industria audiovisual , agrupaciones, asociaciones civiles, academias, escuelas de arte y otros organismos afines, creado por Ordenanza N° 13.037/2020.-

ARTÍCULO 5º.- La Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza será la Secretaría Municipal de Cultura.-

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-



Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 12 de fecha 8 de julio de 2021, según consta en Acta correspondiente.-






"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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