ARTÍCULO 1.- PROHÍBESE el otorgamiento de nuevas licencias comerciales para el funcionamiento de locales de diversión nocturna tipificados en la Ordenanza 7/68 como Cabarets, Night Club y Whisquerias, según antecedentes obrantes en el expediente Nº 05001-247/2010.- ARTÍCULO 2º.- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, la eliminación de la categoría “C”, establecida por Resolución D.E.M. nº 1799/03 que reglamenta la Ordenanza Nº 4353/01 “Libreta Sanitaria”.- ARTÍCULO 3º.- ESTABLÉCESE que durante el curso del próximo período Legislativo, el Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante deberán proceder a la revisión y adecuación de la Ordenanza 7/68.- ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-