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Ordenanza N° 5609, Año 2004
Convoc. a reforma de la Carta Orgánica Municipal
Publicación : 07/30/2004 -- Boletín Oficial N° 251



ARTÍCULO 1º : DECLARACIÓN DE NECESIDAD. Declárase la necesidad de la reforma total de la Carta Orgánica de San Martín de los Andes aprobada por la Ley 1812 del año 1989.-

ARTÍCULO 2° : CONVOCATORIA A ELECCIONES. El Departamento Ejecutivo Municipal convocará a elecciones de 20 convencionales municipales titulares y 20 convencionales municipales suplentes, dentro de los treinta días de promulgada la presente Ordenanza, debiendo fijar la fecha de elecciones con sesenta días de anticipación.-

ARTICULO 3º: ADJUDICACIÓN DE BANCAS. La adjudicación de las bancas de los convencionales municipales se efectuará conforme al procedimiento del artículo 66º de la Constitución de la Provincia del Neuquén por haber sido declarados inconstitucionales los artículos 31º, 182º y 183º de la Carta Orgánica Municipal, conforme a la sentencia del Superior Tribunal de Justicia del Neuquén de fecha 6 de octubre de 1995.-

ARTICULO 4º: INICIO Y CONCLUSIÓN DE TAREAS. La Convención Municipal será proclamada dentro de los treinta días de las elecciones, comenzará su labor cuando ésta lo disponga y concluirá su mandato dentro de los 120 días de comenzado el trabajo.-

ARTICULO 5º: REGLAMENTO INTERNO. La Convención Municipal juzgará la validez del derecho y título de sus miembros y se regirá a tal fin por el Reglamento Interno del Concejo Deliberante, sin perjuicio de la facultad de dictar uno propio para su funcionamiento.-

ARTICULO 6º: Derogado por Ordenanza 5686/04 .-

ARTICULO 7º: PRESUPUESTO Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a crear las partidas presupuestarias correspondientes para atender los gastos que demande esta Ordenanza.-

ARTICULO 8º: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.-


"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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