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Ordenanza N° 13509, Año 2022
Orientación circulación vehicular calles Virgen de las Nieves, N° 2 y H. Magno Tvethe
Publicación : 03/25/2022 -- Boletín Oficial N° 661

ARTÍCULO 1º.- ESTABLÉCESE la MANO ÚNICA con sentido de circulación N-S, para el tránsito vehicular de la Calle N° 2, en el tramo comprendido entre la Avenida Koessler y la calle Virgen de las Nieves, según se detalla en el ANEXO I que forma parte de la presente.-

ARTÍCULO 2º .- ESTABLÉCESE la MANO ÚNICA de circulación vehicular con dirección O-E para la calle Virgen de las Nieves en el tramo comprendido entre las calles N° 2 y calle Ingeniero H. Magno Tvethe (Calle N° 1), según se detalla en el ANEXO I que forma parte de la presente.-

ARTÍCULO 3º.- ESTABLÉCESE la MANO ÚNICA con sentido de circulación S-N, para el tránsito vehicular de la calle Ingeniero H. Magno Tvethe (Calle N° 1), en toda su extensión que corresponde al tramo comprendido entre la calle Virgen de las Nieves y la Avenida Koessler.

ARTÍCULO 4º.- PROHÍBESE el estacionamiento vehicular sobre la mano derecha de las calles que a continuación se detallan:

· calle N° 2,

· Virgen de las Nieves, en el sector entre calle N° 2 y calle Ingeniero H. Magno Tvethe (Calle N° 1) e,

· Ingeniero H. Magno Tvethe (Calle N° 1),

de acuerdo al ANEXO I que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 5º.- La Dirección de Tránsito y Transporte será la encargada de controlar el cumplimiento de la presente y en caso de detectarse vehículos en infracción a la presente, los mismos serán sancionados de acuerdo al Artículo 180.1 de la Ordenanza 94/1984 Código Municipal de Faltas.

ARTÍCULO 6º.- ENCOMIÉNDASE a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos la señalización vertical y horizontal correspondiente, debiendo notificar a los vecinos que viven sobre estas arterias.

ARTÍCULO 7°.- ENCOMIÉNDASE a las áreas de Prensa de los Departamentos Ejecutivo y Legislativo la amplia difusión de la presente norma.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 02 de fecha 10 de marzo de 2022, según consta en Acta correspondiente.-




ANEXO I

ORDENANZA N° 13.509/22



"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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