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Ordenanza N° 14541, Año 2023
Ordenanza Tarifaria Anual 2024
Publicación : 01/12/2024 -- Boletín Oficial N° 714



CategoríaDESCRIPCIONNivelPrecio m²
I . Viviendas Individuales de 120 mts2 a 250 mts2 de superficie total

Más de 250 mts2 de superficie total

A


A
$630.000.-


$1.100.000.-
Más de 120 mts2 hasta 150 mts2

Más de 150 mts2 hasta 250 mts2

Más de 250 mts2

B

B

B
$180.000.-

$270.000.-

$400.000.-
Viviendas IndividualesC$170.000.-
II. Viviendas individuales de hasta 120 mts2 de superficie total$120.000.-
III. Naves Industriales, Talleres en general, Fábricas, Galpones de Empaque, Cámara Frigoríficas, Estaciones de Servicio, Estacionamientos, Mataderos, etc.A$180.000.-
B$110.000.-
C$68.000.-
IV. Edificios Públicos, Oficinas, Comercios, Galerías comercial., Restaurantes, Confiterías, mercados, Estacionamientos para transporte Fluvial, Aéreo y Terrestre. Templos, Tribunales, Clubes, Piletas, Comisarías, Escribanías, Estudios Contables y Jurídicos, Garajes Colectivos, Gimnasios.A$400.000.-
B$195.000.-
C$130.000.-
V. Hoteles, Hosterías, Hosteles, Moteles, Apart-Hotel, Cabañas, Vivienda de Alquiler Turístico, Hospitales, Laboratorios, Sanatorios, Dispensarios, Universidades, Auditorios, Casas de Gobierno, Cines, Teatros, Escuelas, Salas de Espectáculos, Prisiones, Municipalidades, Bancos, Embajadas, Centros de Cómputos, Viviendas Colectivas (familiares, residencias, Departamentos.), etc.A$520.000.-
B$350.000.-
C$230.000.-
CategoríaDESCRIPCIÓNNivelPrecio m²
PLANES DE VIVIENDAS$115.000.-
h) Alquiler Turístico Temporario de Casas y Departamentos

Unidad de hasta 100m2: Tasa de $25.000.- mensuales

Unidad de hasta 150m2: Tasa de $30.000.- mensuales

Unidad de más de 150m2: Tasa de $40.000.- mensuales

Del valor final a pagar por el contribuyente en todo concepto mensual por su licencia comercial el cuarenta (40) por ciento (%) será destinado a la tasa de promoción turística ENSATUR. (Incorporado por Ordenanza 14.613/24)

i) El canon establecido en la Ordenanza de Incentivo al Deportes Social consistirá en el pago de un monto determinado según la cantidad de participantes ya sean, ¨corredores¨ inscriptos en el caso de eventos deportivos y de ¨espectadores¨ en el caso de eventos culturales y musicales.

Exceptúese de la base de cálculo los residentes de San Martin de los Andes y las personas con discapacidad.

La tarifa de dicho canon se determina según la siguiente tabla y el valor del litro nafta súper infinia (NSI) o de la de mayor octanaje, de acuerdo a su cotización oficial en el mercado local al día del pago del canon:

Tarifa 1 Hasta 250 participantes 1 litro por participante
Tarifa 2 De 251 a 500 participantes 1,25 litros por participante
Tarifa 3 De 501 a 1000 1,5 litros por participante
Tarifa 4 De 1001 a 2000 participantes 1,8 litros por participante
Tarifa 5 Desde 2001 participantes en adelante 2 litros por participante”
(Incoporado por Ordenanza 14612/2024)

TITULO III

TASA POR PROMOCIÓN TURÍSTICA

ARTÍCULO 50º.- Alcance: Este tributo se destinará a desarrollar los servicios de planificación, promoción y ejecución de planes y programas para el progreso de la actividad turística de SAN MARTIN DE LOS ANDES desarrollados por el ENTE SANMARTINENSE DE DESARROLLO TURÍSTICO (ENSATUR) creado por Ordenanza 968/1992.

ARTÍCULO 51º.- Liquidación: La practicará el Organismo Fiscal, a partir de la declaración jurada anual presentada por el contribuyente en los términos del Libro II Sobre las Actividades Lucrativas, Título II, Artículo 41º , por licencia comercial otorgada por la Municipalidad de San Martín de los Andes y de acuerdo con los parámetros indicados en los artículos siguientes.-

ARTÍCULO 52º.- Polinómica: Los montos a abonar por cada contribuyente surgirán de la siguiente función polinómica. Los valores obtenidos se multiplicarán por 12 (doce) a los efectos de determinar la obligación anual.
TPT = (Incidencia Turística + Capacidad Contributiva) *Factor corrección
Donde:

Factor corrección:

· enero y febrero 2024: 110
· marzo y abril 2024: 130
· mayo y junio 2024: 150
· julio y agosto 2024: 170
· septiembre y octubre 2024: 190
· noviembre y diciembre 2024: 210



Incidencia turística
SI (TIT <=MIN IT ; 0*0,4
SI (Y(TIT > MIN IT ; TIT <= PROM IT) ; TIT *0,4
SI (Y(TIT > PROM IT ; TIT < MAX IT) ; TIT *0,4*3,5
; TIT *0,4 *5)))
Entendiéndose por:
TIT: Ʃ (Fact or Incidencia turística + Factor estacionalidad + Factor zonificación)
MIN IT: (Factor incidencia turística “baja” + Factor estacionalidad “no posee” + Factor zonificación “área perimetral”)
MAX IT: (Factor incidencia turística “muy alta” + Factor estacionalidad “posee” + Factor zonificación “zona centro”)
PROM IT: (MAX IT + MIN IT) /2
Capacidad contributiva
36 * (TCC- MIN CC) / (MAX CC-MIN CC)
Donde
TCC: Ʃ (Factor tamaño + Factor personal + Factor tipo + Factor condición IVA + Factor ingresos Brutos)
MIN CC: ( Factor tamaño “Menos de 100mts” + Factor personal “Menos de 5” + Factor tipo ”unipersonal” + Factor condición IVA “Exento/Monotributista” + Factor ingresos Brutos “Ventas Brutas últimos 12 meses hasta $1.440.000)
MAX CC: ( Factor tamaño “Mas de 3000mts” + Factor personal “Mas de 50” + Factor tipo ”Sociedad Comercial” + Factor condición IVA “Inscripto” + Factor ingresos Brutos “Ventas Brutas últimos 12 meses más de $8.400.000)
Los valores de los factores contenidos en la polinómica son:


INCIDENCIA TURISTICA
Factor Incidencia Turística : Los valores unitarios por este concepto son:
Incidencia muy alta
11
Incidencia alta
5
Incidencia media
2
Incidencia baja
1

Las distintas actividades serán consideradas de una u otra categoría según el siguiente detalle:
Actividad
Incidencia Turística
Administración de Cuentas
2
Agencia de cambio Moneda Extranjera
5
Agencias de Seguros
2
Agencias de Viajes y Turismo
5
Ahumaderos-Tambos- Cámaras Frigoríficas
2
Almacén
2
Alquiler de Autos s/chofer
11
Alquiler de Videos
2
Alquiler y venta de Ski
11
Artículos de Limpieza y Perfumería
2
Artículos del Hogar
2
Aserradero-Corralón de Madera
2
Autoservicio
2
Banco de la Pcia. del Neuquén (por cada sucursal)
2
Bancos Nacionales, provinciales, cooperativos
2
Bancos privados (por cada sucursal)
2
Bar –Despacho de Bebidas al Copeo
5
Bar Lácteo
5
Bazar
2
Bicicletería
2
Bulonería
2
Bombonería-Fábrica de Chocolate
5
Boutique
2
Cabaret (lic. previas a sanción Ordenanza 9634/12)
11
Cajas de créditos personales
2
Camping
5
Canal de TV
2
Canchas de paddle y fútbol 5
2
Carnicería
2
Carpintería
2
Casa de motosierras
2
Casa de Té
5
Casa de Telas
2
Casa de Cambio
5
Cerrajería
2
Cine y sala de espectáculo
2
Cia. De seguros: casa central, sucursales, agencias
2
Cía. Financieras
5
Compraventa de Autos usados
2
Concesionarias de automotores
2
Confitería-Whiskería
5
Cooperativas de consumo
2
Cooperativas de crédito
2
Corralón de Materiales de Construcción
2
Criadero de animales
2
Depósito Mayorista-Distribuidor
2
Despacho de Pan
2
Despensa
2
Discoteque- night club-boite
2
Diseñador
2
Emisora radial
2
Empresa Constructora
2
Empresa de transporte de Carga
2
Empresa de Transporte de Pasajeros
5
Empresa Fúnebre
1
Estación de Servicios
2
Fábrica de Bloques
2
Fábrica de Chacinados-Embutidos
2
Fábrica de Dulces regionales
5
Fábrica de Hielo
2
Fábrica de Pre-pizzas
2
Fábrica de Soda
2
Fábrica de pastas frescas
2
Farmacia
2
Ferretería
2
Fiambrería
2
Florería
2
Fotocopiadora
2
Frigorífico
2
Frutería y Verdulería
2
Fumigadora
2
Galletitería
2
Gestoría
2
Gimnasio-Escuela de Danzas
1
Gomería y Ventas de Cubiertas
2
Guardería
1
Heladería
2
Herrería
2
Hotel Alojamiento
11
Hotel-Hostería-Cabaña-Bungalow-Apart Hotel
11
Imprenta
2
Instituto de Idiomas
1
Juguetería
2
Kiosco
2
Kiosco con Venta de Quiniela-Prode-Lotería
2
Laboratorio Fotográfico
5
Lavadero
5
Lavadero Autoservicio
2
Lavadero de Autos
2
Lencería
2
Librería
2
Marroquinería
2
Mercería
1
Mueblería
2
Ofic. de préstamos personales con fondos propios, uniper.
1
Oficina Inmobiliaria
5
Óptica
2
Ortopedia
1
Otras actividades financieras (casas de préstamos)
5
Otros(Alquiler de Caballos)
5
Otros(remiss)
2
Otros(Nieves del Chapelco)
11
Otros(Santería)
1
Otros (Rent a Car – red bus – rent a Car La Patagonia )
11
Otros (Albus)
5
Otros (alquiler de Bicicletas)
5
Otros (Casa Aducci)
2
Otros (Bosque de los Huskies)
11
Otros(Medifé)
1
Otros(Quintral serv)
2
Otros (Sur Rent a Car)
11
Otros (Illihue Decor)
2
Otros (Canopy)
5
OTROS
2
Pañalera
2
Panadería
2
Parque de Diversiones
2
Peluquería y Salón de Belleza
2
Pescadería
2
Pinturería
2
Piscicultura
2
Pizzería
5
Producción de Art. Regionales
5
Publicidad
2
Remisses
2
Repostería
2
Residencial
11
Restaurant
5
Rotisería
5
Sala de Juegos( pool- billar-bowling)
5
Sala de Juegos Electrónica
5
Sándwiches al paso
5
Sauna
5
Seguros: agentes, promotores y productores
2
Serigrafía
2
Servicio de entrega a domicilio
2
Soc. de ahorro y préstamo para fines determinados
2
Soc. de ahorro y préstamo para viviendas
2
Soc. de crédito
2
Supermercado
2
Supermercado Total.
2
Taller Industrial-Mecánica en gral
2
Taller Mecánico
2
Talleres de Oficio y/o Instrucción pers. sin fisc.CPE
1
Taxi
2
Tienda de Calzado- Indumentaria
2
Tintorería
1
Transportes escolares
1
Venta de Aceites-Lubricantes
2
Venta de Áridos
2
Venta de Artesanías- Prod. Reg.
5
Venta de Artículos de Camping-Caza- Pesca
5
Venta de Artículos usados
1
Venta de Aves y Productos de Granja
2
Venta de Discos-Cassettes e Inst. Music
2
Venta de Lana
1
Venta de Relojes-Joyería-Relojería
2
Venta de Repuestos Automotor
2
Venta de vino
2
Veterinaria- Venta de Pequeños animales
1
Vidriería
2
Vivero
2
Zapatería
2

Factor Estacionalidad: Los valores unitarios por este concepto son:
Posee estacionalidad
3,5
No posee estacionalidad
0,5

Las distintas actividades serán consideradas de una u otra categoría según el siguiente detalle:
Rubros
Factor de Estacionalidad
Administración de Cuentas
0.5
Agencia de cambio Moneda Extranjera
0.5
Agencias de Seguros
0,5
Agencias de Viajes y Turismo
0,5
Ahumaderos-Tambos- Cámaras Frigoríficas
0,5
Almacén
0,5
Alquiler de Autos s/chofer
0,5
Alquiler de Videos
0,5
Alquiler y venta de Ski
3,5
Artículos de Limpieza y Perfumería
0,5
Artículos del Hogar
0.5
Aserradero-Corralón de Madera
0.5
Autoservicio
0,5
Banco de la Pcia del Neuquén (por cada sucursal)
0,5
Bancos Nacionales, provinciales, cooperativos
0,5
Bancos privados (por cada sucursal)
0,5
Bar –Despacho de Bebidas al Copeo
0,5
Bar Lácteo
0,5
Bazar
0,5
Bicicletería
0,5
Bulonería
0,5
Bombonería-Fábrica de Chocolate
0,5
Boutique
0,5
Cabaret (Lic. previas a sanción Ordenanza 9634/12)
0,5
Cajas de créditos personales
0,5
Camping
0,5
Canal de TV
0,5
Canchas de paddle y fútbol 5
0,5
Carnicería
0,5
Carpintería
0,5
Casa de motosierrasº
0,5
Casa de Té
0,5
Casa de Telas
0,5
Casa de Cambio
0,5
Cerrajería
0,5
Cine y sala de espectáculo
0,5
Cia. De seguros: casa central, sucursales, agencias
0,5
Cía. Financieras
0,5
Compraventa de Autos usados
0,5
Concesionarias de automotores
0,5
Confitería-Whiskería
0,5
Cooperativas de consumo
0,5
Cooperativas de crédito
0,5
Corralón de Materiales de Construcción
0,5
Criadero de animales
0,5
Depósito Mayorista-Distribuidor
0,5
Despacho de Pan
0,5
Despensa
0,5
Discoteque- night club-boite
0,5
Diseñador
0,5
Emisora radial
0,5
Empresa Constructora
0,5
Empresa de transporte de Carga
0,5
Empresa de Transporte de Pasajeros
0,5
Empresa Fúnebre
0,5
Estación de Servicios
0,5
Fábrica de Bloques
0,5
Fábrica de Chacinados-Embutidos
0,5
Fábrica de Dulces regionales
0,5
Fábrica de Hielo
0,5
Fábrica de Pre-pizzas
0,5
Fábrica de Soda
0,5
Fábrica de pastas frescas
0,5
Farmacia
0,5
Ferretería
0,5
Fiambrería
0,5
Florería
0,5
Fotocopiadora
0,5
Frigorífico
0,5
Frutería y Verdulería
0,5
Fumigadora
0,5
Galletitería
0,5
Gestoría
0,5
Gimnasio-Escuela de Danzas
0,5
Comería y Ventas de Cubiertas
0,5
Guardería
0,5
Heladería
0,5
Herrería
0,5
Hotel Alojamiento
0,5
Hotel-Hostería-Cabaña-Bungalow-Apart Hotel
0,5
Imprenta
0,5
Instituto de Idiomas
0,5
Juguetería
0,5
Kiosco
0,5
Kiosco con Venta de Quiniela-Prode-Lotería
0,5
Laboratorio Fotográfico
0,5
Lavadero
0,5
Lavadero Autoservicio
0,5
Lavadero de Autos
0,5
Lencería
0,5
Librería
0,5
Marroquinería
0,5
Mercería
0,5
Mueblería
0,5
Ofic. de préstamos personales con fondos propios, uniper.
0,5
Oficina Inmobiliaria
0,5
Óptica
0,5
Ortopedia
0,5
Otras actividades financieras (casas de préstamos)
0,5
Otros(Alquiler de Caballos)
0,5
Otros(remiss)
0,5
Otros(Nieves del Chapelco)
3,5
Otros(Santería)
0,5
Otros (Rent a Car – red bus – rent a Car La Patagonia )
0,5
Otros (Albus)
0,5
Otros (alquiler de Bicicletas)
0,5
Otros (Casa Aducci)
0,5
Otros (Bosque de los Huskies)
3,5
Otros(Medifé)
0,5
Otros(Quintral serv)
0,5
Otros (Sur Rent a Car)
0,5
Otros (Illihue Decor)
0,5
Otros (Canopy)
0,5
OTROS
0,5
Pañalera
0,5
Panadería
0,5
Parque de Diversiones
0,5
Peluquería y Salón de Belleza
0,5
Pescadería
0,5
Pinturería
0,5
Piscicultura
0,5
Pizzería
0,5
Producción de Art. Regionales
0,5
Publicidad
0,5
Remisses
0,5
Repostería
0,5
Residencial
0,5
Restaurant
0,5
Rotisería
0,5
Sala de Juegos( pool- billar-bowling)
0,5
Sala de Juegos Electrónica
0,5
Sándwiches al paso
0,5
Sauna
0,5
Seguros: agentes, promotores y productores
0,5
Serigrafía
0,5
Servicio de entrega a domicilio
0,5
Soc. de ahorro y préstamo para fines determinados
0,5
Soc. de ahorro y préstamo para viviendas
0,5
Soc. de crédito
0,5
Supermercado
0,5
Supermercado Total.
0,5
Taller Industrial-Mecánica en gral
0,5
Taller Mecánico
0,5
Talleres de Oficio y/o Instrucción pers. sin fisc.CPE
0,5
Taxi
0,5
Tienda de Calzado- Indumentaria
0,5
Tintorería
0,5
Transportes escolares
0,5
Venta de Aceites-Lubricantes
0,5
Venta de Áridos
0,5
Venta de Artesanías- Prod. Reg.
0,5
Venta de Artículos de Camping-Caza- Pesca
0,5
Venta de Artículos usados
0,5
Venta de Aves y Productos de Granja
0,5
Venta de Discos-Cassettes e Inst. Music
0,5
Venta de Lana
0,5
Venta de Relojes-Joyería-Relojería
0,5
Venta de Repuestos Automotor
0,5
Venta de vino
0,5
Veterinaria- Venta de Pequeños animales
0,5
Vidriería
0,5
Vivero
0,5
Zapatería
0,5

Factor Zonificación: Los criterios de zonificación serán los establecidos por las ordenanzas 2210/ 96 y 3012/98 o las que en el futuro las reemplacen, y los valores unitarios por este concepto son:
Zona centro
3
Casco urbano
4.5
Área perimetral
1
Zona Vega
1,5
Cerro Chapelco
3

CAPACIDAD CONTRIBUTIVA

Factor Tamaño: Se considera por este ítem a la superficie afectada a la actividad, considerando solo el espacio destinado a la atención al público. Se excluyen en consecuencia,estacionamiento, jardines, depósitos y accesos a los locales.

Los valores unitarios por este concepto son:
Más de 3000 mts
3
Más de 500 mts y hasta 3000 mts
2,5
Más de 400 mts y hasta 500 mts
2
Más de 300 mts y hasta 400 mts
1
Más de 200 mts y hasta 300 mts
0,75
Más de 100 mts y hasta 200 mts
0,50
Menos de 100 mts
0,25

Factor Cantidad de personal: Se tomará en cuenta la cantidad de personal ocupado en el establecimiento, con prescindencia del tipo de contrato laboral. Cuando exista personal permanente de prestación discontinua, se ponderará su participación porcentual en el año.

Los valores unitarios por este concepto son:
Más de 50
2,75
Más de 30 y hasta 50
1,75
Más de 10 y hasta 30
1
Más de 5 y hasta 10
0,5
Menos de 5
0,25

Factor Tipo: Los valores unitarios por este concepto son:

Sociedad comercial1,25
Sociedad de hecho
1
Unipersonal
0,5
Asociación civil c/personería
0,75


Inscripto1,75
Exento/monotributista
0,50


d. Los locales habilitados por el Programa de Establecimientos de Promoción Cultural abonarán un canon semestral de $6000.- (Incorporado por Orza. 14.607/24)

TÍTULO XIII Tasa por Promoción de las Artes

ARTÍCULO 76 bis.- Los contribuyentes que posean licencias comerciales que incluyan la actividad “servicio de Internet”, deberán pagar mensualmente un valor determinado por la ecuación que resulte de multiplicar la cantidad de clientes que abonen el servicio de Internet por el monto de $ 50 (cincuenta pesos).

Las empresas proveedoras de servicio de Internet deberán comunicar la cantidad de clientes a los que venden este servicio en la declaración jurada anual presentada en los términos del Libro II Sobre las Actividades Lucrativas, Título II, Artículo 41, de la presente. Esta declaración se realizará únicamente a los fines de cuantificar el monto a pagar en concepto Tasa por Promoción a las Artes, que de ningún modo debe trasladarse a los clientes.- (Incorporado por Ordenanza 14.606/24)


"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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