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Ordenanza N° 9516, Año 2012
Banco de Información Oficial Electrónico en Línea
Publicación : 10/12/2012 -- Boletín Oficial N° 430

VETADA E INSISTIDA



ARTÍCULO 1º.- CRÉASE, el BANCO DE INFORMACIÓN OFICIAL ELECTRÓNICO EN LÍNEA de San Martín de los Andes complementario del Boletín Oficial Municipal, formato electrónico, dispuesto por el artículo 4º de la Ordenanza 8797/10 Boletín Oficial Municipal.-

ARTÍCULO 2º.- El BANCO DE INFORMACIÓN OFICIAL ELECTRÓNICO EN LÍNEA – B.I.O.E. constituye un complemento del Boletín Oficial Municipal y en él se publica de forma completa la siguiente documentación:

ARTÍCULO 3º.- En el caso de las publicaciones sintetizadas a las que alude el Artículo 10 de la Ordenanza Nº 8797/10 - Boletín Oficial Municipal, en la versión electrónica del mismo disponible en la página web, figurará el correspondiente hipervínculo que permita el acceso a la información completa de las normas, la cual será provista por el BANCO DE INFORMACIóN OFICIAL ELECTRÓNICO EN LÍNEA, con el fin de posibilitar un acceso eficiente a su contenido.-

ARTÍCULO 4º.- La publicación del BANCO DE INFORMACIÓN OFICIAL ELECTRÓNICO EN LÍNEA se realizará de igual forma a la que se efectúa la publicación del Boletín Oficial Municipal en la página Web oficial de la Municipalidad: http://www.sanmartindelosandes.gov.ar/ o la que en el futuro la reemplace.-

ARTÍCULO 5º.- No será obligatoria la impresión de la información contenida en el B.I.O.E.* en formato papel, no obstante lo cual en caso de requerimiento de algún particular, el costo de la misma correrá a su cargo, de acuerdo a los valores establecidos en la Ordenanza Tarifaria Anual.-
*Modificado por Ordenanza 9557/12.-

ARTÍCULO 6º.- La administración, mantenimiento y carga de datos del BANCO DE INFORMACIÓN OFICIAL ELECTRÓNICO EN LÍNEA- B.I.O.E. se lleva adelante de la siguiente forma, según se trate de información promovida u originada en el Departamento Ejecutivo o en el Concejo Deliberante: ARTÍCULO 7º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ciento veinte (120) días corridos desde su publicación.- ( Sustituido por Ordenanza 9557/12)

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
* Veto parcial - Decreto nº 2198/12

"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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