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Información Adicional
Ordenanza N° 11593, Año 2017
Adhesión Ley pcial 3064/17 - Jarra de agua
Publicación : 12/11/2017
-- Boletín Oficial N° 556
ARTÍCULO 1º.- ADHIÉRESE
a la
Ley Provincial nº 3064/17
que establece la obligatoriedad para los comercios cuyo rubro principal sea el gastronómico y cuenten con mesas para la atención al público, de ofrecer a sus clientes, sin petición previa, agua potable suficiente y gratuita, cuyo ejemplar obra adjunto a la presente como
Anexo I
.-
ARTÍCULO 2º.-
La presente adhesión se efectúa con expresa reserva de jurisdicción, legislación, ejecución y control de las competencias que le corresponden a la Municipalidad de San Martin de los Andes.-
ARTÍCULO 3º.- EXCEPTÚASE
a los comercios comprendidos en la presente, de la obligatoriedad de contar con un dispensador público de agua potable.-
ARTÍCULO 4º.-
Los incumplimientos a lo normado en la presente serán sancionados con multas de cinco (5) a diez (10) puntos.-
ARTÍCULO 5º.-
La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza es la Dirección de Bromatología, o el organismo que la reemplace en el futuro.-
ARTÍCULO 6º.-
A través de la Dirección de Administración y Despacho, remítase copia de la presente a la Dirección de Bromatología y al Juzgado Administrativo Municipal de Faltas.-
ARTÍCULO 7º.
- ENCOMIÉNDASE al Departamento Ejecutivo la amplia difusión de la presente, por los medios que estime pertinentes.-
ARTÍCULO 8º.-
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 27 de fecha 09 de noviembre de 2.017, según consta en Acta correspondiente.-
ANEXO I
ORDENANZA Nº 11.593/17.-
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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