ARTÍCULO 1º.- ADHIÉRESE a la Ley Provincial N°3361 de Creación del Boleto Estudiantil Neuquino.-
ARTICULO 2°.- La presente adhesión se efectúa con expresa reserva de jurisdicción, legislación, ejecución y control de las competencias que le corresponden a la Municipalidad de San Martín de los Andes.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 26 de fecha 02 de noviembre de 2023, según consta en Acta correspondiente.-