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Ordenanza N° 13879, Año 2022
Emergencia educativa
Publicación : 11/25/2022 -- Boletín Oficial N° 3061

ARTÍCULO 1º.- DECLÁRASE la Emergencia educativa en las instituciones públicas de nuestra localidad, en todas sus modalidades y niveles educativos, por el término de un año.-

ARTÍCULO 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá llevar adelante las renegociaciones del Convenio de Mantenimiento de Escuelas, a fin de dar satisfactoria atención a los problemas edilicios, tanto coyunturales como estructurales de las escuelas de nuestra localidad, comprendidas dentro del listado de ese Convenio, incorporando los siguientes requisitos:

1. el establecimiento de un fondo que garantice un flujo permanente no condicionado a la aprobación de rendiciones pendientes;

2. la ampliación de las competencias de mantenimiento a las de infraestructura, que evite la dilación en la aprobación de intervenciones estructurales en los establecimientos;

3. la disponibilidad de un fondo permanente destinado a la realización de obras de infraestructura menores, que no requieran autorización provincial, a fin de agilizar su concreción;

4. realizar un acopio preventivo de materiales y artefactos de uso común en los establecimientos, a los fines de evitar las dilaciones por los procesos de compras y contrataciones; y,

5. ampliar el equipo profesional permanente, a los fines de no dilatar las intervenciones por no contar con el personal suficiente.

ARTÍCULO 3º.- El área de Mantenimiento Escolar municipal deberá elaborar bimestralmente un informe dirigido al Concejo Deliberante con el siguiente detalle:

1. intervenciones realizadas a lo largo del bimestre inmediatamente anterior a la realización del informe;

2. evolución de las obras en proceso de ejecución;

3. evolución de obras delegadas;

4. cronograma de obras pendientes;

5. consideraciones referidas a la ejecución del Convenio de Mantenimiento;

6. informe sobre rendiciones.

ARTÍCULO 4º.- COMUNÍCASE al Ministro de Educación de la Provincia, Osvaldo LLANCAFILO, la determinación de este Cuerpo Deliberativo de derogar el actual Convenio de Mantenimiento de Escuelas, en tanto persista las condiciones que tornan estructuralmente ineficiente el resultado de su cumplimiento.-

ARTÍCULO 5°.- ESTABLÉCESE una mesa de diálogo de manera mensual y en el ámbito de la Comisión de Educación del Concejo Deliberante en la que se convocará:

1. al Departamento Ejecutivo Municipal;

2. al Distrito Escolar IX;

3. a Supervisión Escolar;

4. a la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente;

5. a la Defensoría del Pueblo y del Ambiente; y,

6. a la Asociación de Trabajadores de la Educación de Neuquén (A.T.E.N.)

ARTÍCULO 6°.- La mesa de diálogo tendrá los siguientes fines:

1. realizar un seguimiento de las acciones del Departamento Ejecutivo Municipal ante las autoridades provinciales, para garantizar el acceso de todos los niños, niñas y adolescentes a instituciones educativas en San Martín de los Andes para el ciclo lectivo 2023 y para arbitrar las soluciones a largo plazo que resuelvan la falta de oferta educativa que padece el municipio de manera recurrente.

2. proponer acciones y medidas a realizar en el ámbito municipal para resolver las cuestiones enumeradas en esta emergencia, así como cualquier otra que pudiera surgir por iniciativa de los participantes de la mesa.

3. generar en ese ámbito un observatorio de crecimiento de matrícula desde los 5° grados de la primaria, que permita proyectar las demandas a nivel infraestructura y cargos para garantizar los cupos necesarios.

4. poder trabajar y proyectar las acciones necesarias para pensar la seguridad en las escuelas de manera integral, proponiendo al Ministerio de Educación las acciones que en su competencia deben llevarse a cabo, y proyectando los trabajos que desde el Departamento Ejecutivo Municipal son necesarios.

5. presta especial atención a la ruralidad de la localidad y zona de influencia para que se garantice el inicio y sostenimiento de ciclo lectivo 2023.

ARTÍCULO 7º.- ESTABLÉCESE que la Comisión de Educación del Concejo Deliberante tendrá a su cargo la organización de la mesa de diálogo establecida por la presente, la disposición de sus normas de funcionamiento y el mecanismo de toma de decisiones.-

ARTÍCULO 8º.- SOLICÍTASE al Ministro de Educación de la Provincia de Neuquén, Osvaldo LLANCAFILO lo siguiente:

1. realizar la entrega inmediata de las escuelas que ya tienen los plazos vencidos: Escuela N°161 de Payla Menuko, Jardín N°63 y del ISFD N°3;

2. incorporar al Presupuesto Provincial las obras que ya cuentan con proyectos tales como el CPEM Nº 96, CIArt. Nº5, EIAJD Nº 3 y CFP Nº 19;

3. disponga la elaboración de los proyectos para los siguientes establecimientos: CEF Nº 9, Escuela Nº 86, CEPI, Anexo ISFD Nº 3;

4. disponga la elaboración de los proyectos para los siguientes Gimnasios de las Escuelas:

N°5, N°142, N°179, N°188, N°274, N°313, EPET N°21 y CPEM N°28, todos ellos imprescindibles para la actividad física en zona cordillerana;

5. disponga la remodelación Anexo EPET N° 12 para la continuidad de los primeros y segundos años, así como orientación en programación;

6. disponga la construcción de las tres aulas y batería de baños, destinadas a la EPET N° 21;

7. designación de un responsable técnico del cumplimiento de las disposiciones de la Ley 19.587 “Higiene y seguridad en el trabajo”.

8. disponga el aumento de las partidas de gastos generales, refrigerio y comedor, ya que los montos actuales resultan insuficientes para la atención de emergentes generales, así como para garantizar una alimentación nutricionalmente adecuada para niñas y niños;

9. remita a este Cuerpo un informe proyectivo de las perspectivas de infraestructura necesaria y adecuada a la evolución demográfica de nuestra localidad;

10. anticipe las negociaciones salariales previas al inicio del ciclo lectivo, a los fines de que no se vea afectado el dictado normal de clases;

11. gestionar una inspección externa, referenciándose en el Colegio de Ingenieros local, para garantizar la correcta construcción y avance de toda obra nueva en la localidad y zona de influencia; y,

12. disponga que se generen los Equipos de Apoyo y Orientación Profesionales a la Instituciones Educativas (EAOPIE), en cada una de las localidades o cuantos fueran necesarios.

ARTÍCULO 9º.- Notifíquese la presente al Ministro de Educación de la Provincia, a la presidenta del Consejo Provincial de Educación y al Cuerpo Colegiado, a la Legislatura de la Provincia del Neuquén, al Intendente Municipal, al Distrito Escolar N° IX, a la Asociación de Trabajadores de la Educación del Neuquén y a los Equipos Directivos de todas las escuelas comprendidas en el vigente Convenio de Mantenimiento de Escuelas.-

ARTÍCULO 10.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 27 de fecha 10 de noviembre de 2022, según consta en Acta correspondiente.-


"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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