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Ordenanza N° 12769, Año 2019
Programa reducción uso de sorbetes
Publicación : 01/09/2020 -- Boletín Oficial N° 608

ARTÍCULO 1°.- CRÉASE el “Programa para la reducción de la utilización de sorbetes y vasos plásticos, por parte de establecimientos comerciales de la ciudad de San Martín de los Andes”.-

ARTÍCULO 2°.- SON OBJETIVOS de la presente norma:
ARTÍCULO 3°.- La prohibición de utilización, entrega y expendio de sorbetes y vasos plásticos de un solo uso se implementará de manera progresiva, con plazos a computar desde la entrada en vigencia de la presente, de la siguiente forma:
ARTÍCULO 4º.- DESÍGNASE autoridad de aplicación de la presente Ordenanza a la Subsecretaría de Gestión Ambiental o quien a futuro la reemplace, la cual en un plazo no mayor a noventa (90) días corridos a partir de la promulgación de la presente, deberá dictar la correspondiente Reglamentación , la cual deberá establecer el conjunto de medidas concretas y progresivas que los comercios deberán llevar a cabo tendientes a la reducción a cero, de los sorbetes y vasos plásticos de un solo uso.


ARTÍCULO 5º.- ENCOMIÉNDASE al Juzgado Administrativo Municipal de Faltas a efectuar, a partir del dictado de la Reglamentación, la tipificación de las infracciones a la presente y el régimen de sanciones y penalidades, que deberá incorporarse a la Ordenanza n° 94/1984 Código de Faltas: Catálogo de Faltas y Contravenciones.-
ARTÍCULO 6º.- ÍNSTASE a la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable, Subsecretaría de Gestión Ambiental, a la revisión y mejoramiento de la Ordenanza 8543/09, “Reducción de utilización de bolsas plásticas” , con el objeto de lograr que su finalidad se pueda ver plasmada en la cotidianeidad de nuestra Ciudad.-

ARTÍCULO 7.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-



Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 31 de fecha 05 de diciembre de 2019, según consta en Acta correspondiente.-




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