Volver
Versión para Imprimir
Información Adicional
Ordenanza N° 12070, Año 2018
Reservas de estacionamiento p/personas con discapacidad
Publicación : 11/09/2018
-- Boletín Oficial N° 579
ARTÍCULO 1º.- FÍJASE
la ubicación de reserva de estacionamiento, para vehículos que trasladan o sean conducidos por personas con discapacidad y que cuenten con el CUD (Certificado Único de Discapacidad), conforme al
Anexo I
que integra la presente.-
ARTÍCULO 2º.-
AUTORÍZASE
el uso de las reservas de estacionamiento previstas, sólo a aquellos vehículos que exhiban en parabrisas delantero el Símbolo Internacional de Acceso otorgado por el Servicio Nacional de Rehabilitación, conforme el
Anexo II
que integra la presente,.
ARTÍCULO 3º.-
ESTABLÉCESE
que
las reservas de estacionamiento tendrán una longitud de 7 (siete) metros de largo y 3 (tres) metros de ancho, las que deberán ser adecuadamente señalizadas con la
correspondiente cartelería horizontal y vertical de “reserva de estacionamiento”
,
con pintura amarrilla refractaria con el Símbolo Internacional de Acceso (ISO 7001), de 20 (veinte) cm. de ancho por 30 (treinta) cm. de largo, consignando la siguiente leyenda:
“Estacionamiento reservado Ley N° 19.297 y el número de la presenta Ordenanza”,
de acuerdo al
Anexo III
que integra la presente.-
ARTÍCULO 4º.- ENCOMIÉNDASE
la demarcación y señalización de la reserva autorizada por la presente, a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-
ARTÍCULO 5º.-
DESÍGNASE
como autoridad de aplicación de la presente Ordenanza a la Dirección de Tránsito y Transporte.-
ARTÍCULO 6º.- ENCOMIÉNDASE
al Departamento Ejecutivo dar amplia difusión de la presente, por los medios que se estime pertinente.-
ARTÍCULO 7º.-
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 24 de fecha 11 de octubre de 2018, según consta en Acta correspondiente.-
ANEXO I
ORDENANZA Nº 12.070/18.-
( Incorporado Orza 13394/21)
(Sustituido por Orza 13255/21)
[Croquis manzanas 4, 24 y 11 incorporados por Ordenanza 12.578/2019]
(
Incorporado por Orza 13130/21)
ANEXO II
ANEXO III
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
Volver