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Ordenanza N° 164, Año 1983
Creación Centro de castración y esterilizac.

ARTICULO 1º. Créase el Centro de Esterilización Canina y Felina que funcionará en dependencias del ex-matadero municipal.
ARTICULO 2º. El Centro de Esterilización Canina y Felina estará a cargo del Médico Veterinario Municipal.-
ARTICULO 3º. Facúltase al Departamento Ejecutivo para dictar las normas complementarias que considere necesarias respecto al régimen de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4º. Con el refrendo de los señores Secretarios Municipales, comuníquese, dése a la Dirección General de Municipalidades para su aprobación y cumplido, archívese.-



"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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