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Información Adicional
Ordenanza N° 4783, Año 2002
Comodato - Asociación Ayuda juvenil
Publicación : 12/18/2002
-- Boletín Oficial N° 199
ARTICULO 1º: AUTORIZASE
al Ejecutivo Municipal a ceder, mediante contrato de comodato y a favor de la
Asociación Ayuda Juvenil
, personería jurídica otorgada mediante Decreto de la Provincia del Neuquén nº 1348/2002, una fracción ubicada dentro del terreno designado como Lote A-3, parte del Lote A, parte del remanente de la Chacra 2 de la Vega Maipú, Nomenclatura Catastral 15-21-90-1320 –0000, para la construcción y funcionamiento de una “Escuela Granja”.-
ARTICULO 2º:
El lote a dar en comodato corresponde a la porción del terreno delimitada por:
a)
Norte: Ruta Provincial nº 48
, b)
Noreste y sur: acceso al vivero municipal,
c)
Oeste: predio dado en comodato a la Fundación Catalina, y
d)
Noroeste: arroyo Maipú. El citado lote desarrolla una superficie de
8.193,85 m2
y se corresponde al resaltado en recuadro del plano que se adjunta y forma parte de la presente ordenanza como ANEXO I.-
ARTICULO 3º:
El referido contrato de comodato deberá contener una cláusula que especifique que ante cualquier causa de cese de actividades de la institución beneficiaria, todas las mejoras incorporadas al inmueble comodatado quedan en poder del Municipio, sin obligación alguna de compensación de ningún tipo.-
ARTICULO 4º:
Esta cesión de uso no generará ningún tipo de derecho a favor del cesionario, que pudiera afectar la situación dominial del predio comodatado.-
ARTICULO 5º:
En el contrato de comodato deberá especificarse que el uso del inmueble cedido no podrá tener otro destino que el de construir la Sede Social y el funcionamiento de una Escuela Granja.-
ARTICULO 6º:
El contrato de comodato tendrá una duración de 10 años y a su finalización podrá ser renovado por igual plazo.-
ARTICULO 7º:
Todas aquellas obras que se realicen dentro del predio deberán cumplir con la normativa urbanística vigente para la ciudad.-
ARTICULO 8º:
Regístrese, comuníquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria Nº 33 de fecha 29 de Noviembre de 2002, según consta en Acta correspondiente.-
ANEXO I - ORDENANZA 4783/02
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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