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Información Adicional
Ordenanza N° 884, Año 1992
Certificación de Colegios profesionales
ARTICULO 1º
. Junto con las solicitudes de Final o Final Parcial de obra, se debe presentar debidamente avalado por la Asociación Profesional correspondiente, formulario de declaración de nivel de construcción.
ARTICULO 2º.
Reemplazado por O. 2570/97 y derogado por O. de Consolidación nº 3347/99.-
ARTICULO 3º.
Dada en la Sala de Deliberaciones del Concejo Deliberante, con el voto unánime de todos sus miembros, en sesión Ordinaria del 25 de junio de 1992.
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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