PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN PARTICIPATIVA DE NORMAS
ARTÍCULO 1º: OBJETO. El objeto de esta ordenanza es regular el procedimiento para la Elaboración Participativa de Normas.
ARTÍCULO 2º: ÁMBITO DE APLICACIÓN. El procedimiento es de aplicación tanto en el ámbito del Concejo Deliberante y como en el ámbito del Departamento Ejecutivo, incluyendo los organismos y entes que funcionen bajo su jurisdicción.
ARTÍCULO 3º: DEFINICIÓN. La Elaboración Participativa de Normas constituye un mecanismo por el cual se habilita un espacio institucional para la expresión de opiniones y propuestas respecto de proyectos de normas.
ARTÍCULO 4º: FINALIDAD. La finalidad de la Elaboración Participativa de Normas es permitir y promover una efectiva participación ciudadana en el proceso de elaboración de las normas.
ARTÍCULO 5º: PRINCIPIOS Y EFECTOS. El procedimiento de Elaboración Participativa de Normas debe garantizar el respeto de los principios de igualdad, publicidad, informalismo y gratuidad. Las opiniones y propuestas que se presentan durante el proceso de Elaboración Participativa de Normas no tienen carácter vinculante para la jurisdicción responsable.
ARTÍCULO 6º: RESPONSABLE DEL PROCEDIMIENTO. Si la norma a elaborarse ha de ser sancionada por el Concejo Deliberante, su Presidente es el responsable y dirige el procedimiento. Si la norma a elaborarse ha de ser dictada en el Departamento Ejecutivo, el Intendente o el titular del organismo descentralizado es el responsable y dirige el procedimiento. Ello sin perjuicio de la potestad de delegar la responsabilidad en un funcionario competente en razón de la materia.
ARTÍCULO 7º: PARTICIPANTES. Puede participar en el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas toda persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho subjetivo, interés legítimo o interés simple, difuso o de incidencia colectiva, relacionado con la norma a dictarse.
ARTÍCULO 8º: SOLICITUD DE INICIO POR PERSONA INTERESADA. Toda persona física o jurídica puede solicitar mediante presentación fundada ante la jurisdicción correspondiente, la iniciación de un procedimiento de Elaboración Participativa de Normas.
La autoridad Responsable de la jurisdicción debe expedirse sobre tal requerimiento en un plazo no mayor a TREINTA (30) días hábiles, mediante acto administrativo fundado, que debe ser notificado al solicitante.
ARTÍCULO 9º: INICIO DEL PROCEDIMIENTO. Si la norma a elaborarse ha de ser sancionada por el Concejo Deliberante el procedimiento se inicia mediante resolución del Cuerpo. Si la norma a elaborarse ha de ser dictada en el Departamento Ejecutivo, se inicia con un acto administrativo del Intendente o titular del organismo descentralizado, en su caso.
El acto administrativo de apertura del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas debe ordenar el inicio del expediente y establecer:
a) la Autoridad Responsable;
b) el texto y los fundamentos de la norma propuesta;
c) los datos del solicitante, en su caso;
d) el lugar y horario donde se puede tomar vista del expediente, presentar opiniones y propuestas;
e) el plazo para realizar las presentaciones, que no puede ser inferior a QUINCE (15) días hábiles.
ARTÍCULO 10º: PUBLICACIÓN. El Responsable del procedimiento debe publicar durante DOS (2) días en el Boletín Municipal y al menos QUINCE (15) días hábiles en su página de Internet, el contenido del acto de apertura del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y propuestas. Asimismo debe informarse a los medios nacionales, provinciales y locales y/o especializados en la temática de la norma a dictarse.
ARTÍCULO 11º: RECEPCIÓN DE OPINIONES Y PROPUESTAS. El Responsable debe habilitar la recepción de opiniones y propuestas desde la apertura del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas, que deben realizarse por escrito, sea en soporte papel o a través de una casilla de correo electrónico habilitada a tal fin.
La presentación es libre y gratuita. Debe entregarse constancia de la recepción de las opiniones o propuestas y de la documentación acompañada.
Se agrega como Anexo I el FORMULARIO OPTATIVO PARA LA SOLICITUD DE INICIO POR PERSONA INTERESADA Y PARA LA PRESENTACIÓN DE OPINIONES Y PROPUESTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN PARTICIPATIVA DE NORMAS.
ARTÍCULO 12º: POTESTADES ORDENATORIAS. El Responsable puede decidir no incluir una opinión o propuesta en el expediente cuando resulte agraviante.
Puede encargar la realización de estudios o promover rondas de consultas, relacionados con la norma motivo del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas.
ARTÍCULO 13º: CONSIDERACIÓN DE LAS PRESENTACIONES. Concluido el plazo para recibir opiniones y propuestas, el Responsable debe dejar constancia acerca de la cantidad de opiniones y propuestas recibidas. Únicamente debe expedirse sobre aquellas presentaciones incorporadas al expediente, que conforman el fundamento a favor o en contra de la norma a elaborarse.
ARTÍCULO 14º: REDACCIÓN DEL PROYECTO. En los fundamentos del proyecto debe dejarse constancia de la realización del procedimiento del procedimiento de elaboración Participativa de Normas, de los aportes recibidos y de las modificaciones propuestas a su texto.
ARTÍCULO 15º: TRATAMIENTO DEL PROYECTO. Efectuada la redacción del proyecto conforme a lo dispuesto en el articulo anterior, el Concejo Deliberante lo tratará conforme al procedimiento parlamentario dispuesto en la Carta Orgánica Municipal y en su Reglamento Interno.
ARTÍCULO 16º: Regístrese, comuníquese, publíquese, y cumplido, dese al Archivo Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, en Sesión de Ordinaria Nº 38 de fecha 13 de Diciembre del 2.006, según consta en Acta correspondiente.-
ANEXO I - ORDENANZA C.D. Nº 7.146/2006
FORMULARIO OPTATIVO
PARA LA SOLICITUD DE INICIO POR PERSONA INTERESADA
Y PARA LA PRESENTACIÓN DE OPINIONES Y PROPUESTAS
EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN PARTICIPATIVA DE NORMAS
PRESENTACIÓN Nº……….
I. TEMÁTICA DE LA NORMA
II. DATOS DEL PRESENTANTE
1. NOMBRE Y APELLIDO:
2. DNI:
3. DOMICILIO:
4. TELÉFONO:
5. DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:
6. CARÁCTER EN QUE SE PRESENTA:
( ) Particular interesado
( ) Representante de Persona Jurídica
DENOMINACIÓN / RAZÓN SOCIAL:
DOMICILIO:
INSTRUMENTO QUE ACREDITA LA PERSONERÍA INVOCADA:
III. CONTENIDO DE LA SOLICITUD, O DE LA OPINIÓN O PROPUESTA
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IV. DETALLE DE LA DOCUMENTACIÓN ACOMPAÑADA
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FIRMA:
ACLARACIÓN