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Información Adicional
Ordenanza N° 8137, Año 2008
Autorización Secretaría de Hacienda otorgamiento licencias comerc. a término
Publicación : 01/09/2009
-- Boletín Oficial N° 349
ARTÍCULO 1: AUTORÌZASE
al Departamento Ejecutivo Municipal, por intermedio de la Secretaria de Economía y Hacienda, a otorgar
licencias comerciales a término
cuya vigencia no podrá exceder de ciento ochenta días (180) días corridos, cuando los inmuebles a habilitar carezcan del Certificado Final de Obras, o deban adecuar situaciones constructivas o de uso, que no condicen con las exigencias del código de edificación y ordenanzas vigentes según lo determine la Dirección de Obras Particulares, dependiente de la Subsecretaría de Planificación Urbana.-
ARTÍCULO 2:
Aquellas irregularidades constructivas o de documentación que no puedan ser resueltas en el plazo establecido en el
Artículo 1
de la presente, deben ser remitidas al Concejo Deliberante para su análisis y autorización.-
ARTÍCULO 3: El
Departamento Ejecutivo Municipal
deberá reglamentar
el
Artículo 1
de la presente ordenanza en un plazo no mayor a sesenta (60) días corridos.-
ARTÍCULO 4
: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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