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Ordenanza N° 1125, Año 1993
Aranceles Gimnasio 1º Pobladores


ARTICULO 1º. Facultase al Departamento Ejecutivo a cobrar un arancel para el uso del gimnasio Primeros Pobladores según lo reglamentado por el anexo I que forma parte de la misma.
ARTICULO 2º. Quedaran exceptuados del pago de arancel los Centros de Enseñanza Oficiales, Provinciales y Nacionales de nivel inicial, primario, medio, terciario y también las actividades propias del Centro de Educación Física C.E.F.
ARTICULO 3º. El Departamento Ejecutivo creara con este fin una partimiento y equipamiento del Gimnasio Primeros Pobladores.
ARTICULO 4º. De forma
Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante, con el voto unánime de sus miembros, en sesión ordinaria Nº 10 de fecha 13 de mayo de 1993.
ANEXO I
ARANCELAMIENTO GIMNASIO PRIMEROS POBLADORES
I- OBJETIVOS GENERALES
a) Lograr parte de los fondos para:
1) Mejora de las instalaciones.
2) Mantenimiento.
3) Funcionamiento.
4) Equipamiento con material deportivo.
b) Concientizacion del valor que tiene la presentación del servicio para la actividad comunitaria en cuanto a deporte y a salud se refiere.
II- ARANCELAMIENTO
a) El valor del arancelamiento se fijara en $ 15 (pesos quince) la hora de uso del gimnasio por todo concepto.
b) Superando las 30 horas mensuales se contemplara un descuento del 20 % o 2 horas de gimnasio por semana.
c) En los casos que sea requerido por contraprestación de servicios acordados por convenio se efectuara un descuento del 50% del valor hora.
d) Publicidad: Poner al servicio de las empresas y comercios locales la posibilidad de efectuar propaganda escrita en las paredes internas del gimnasio, arancelando según las siguientes características:
1) Superficie de 15 mts.2 (3 mts. De alto x 5 mts de ancho ) con una tasa de $ 100 (pesos cien) por año.
2) Superficie de 7,5 mts.2 (1,5 mts. alto x 5 mts. ancho) con una tasa de $ 50 (pesos cincuenta) por año.
III- EVENTOS REALIZADOS OR LA DIRECCION MUNICIPAL DE DEPORTES
Facultase a la Dirección Municipal de Deportes a realizar Eventos Deportivos o de Educación Física como ser: Torneos, competencias, exhibiciones deportivas, cursos, conferencias, etc. con expresa restricción del boxeo, a los efectos de recaudar fondos.
IV- REGLAMENTACION E INSTRUMENTACION
Facultase al Departamento Ejecutivo a efectuar la reglamentación e instrumentación del uso del gimnasio Primeros Pobladores a través de ejecución de convenios de uso con las diferentes instituciones o asociaciones.
V- Reservar horario libre los vecinos de los barrios que encuadren en lo institucional de 6 horas semanales para ser coordinados por el CENTRO DE EDUCACION FISICA C.E.F.



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