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Información Adicional
Ordenanza N° 4, Año 1977
Ampliación zona urbanizada
ARTICULO 1º: Extender la zona urbanizada de San Martín de los Andes en relación con la ruta complementaria "d" hasta la progresiva kilómetro 97.200 de la misma.
ARTICULO 2º: Dése conocimiento a la Dirección Nacional y Dirección Provincial de Vialidad y a la Dirección General del Catastro de la Provincia.
ARTICULO 3º: La presente ordenanza será refrendada por los señores Secretarios Municipales.
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése a la Direción General de Municipalidades para su aprobación y cumplido, archívese.
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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