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Ordenanza N° 13367, Año 2021
Regularización dominial Bº Ladera curruhuinca
Publicación : 11/26/2021 -- Boletín Oficial N° 653



REGULARIZACIÓN DOMINIAL BARRIOS DE LA LADERA DEL CURRUHUINCA
PRIMERA ETAPA

Capítulo 1
DE ADJUDICACIONES
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la Regularización Dominial de los Barrios Calderón, Godoy, Julio Obeid, Parque Sur y Vallejos, pertenecientes a la Ladera del Curruhuinca, surgidos en el marco de las Ordenanzas N° 2972/98 y 3966/01 ; y según croquis obrante como Anexo I de la presente.-

ARTÍCULO 2º.- APRUÉBANSE los listados de adjudicatarios de los lotes correspondiente a los Barrios Calderón; Godoy; Julio Obeid; Parque Sur; y Vallejos, que obran como Anexo II; III; IV; V; y VI de la presente Ordenanza, respectivamente.-

ARTÍCULO 3º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a formalizar con los adjudicatarios mencionados en los anexos mencionados en el artículo 2° de la presente, el respectivo Boleto de Compra Venta, cuyo modelo obra como Anexo VII.

ARTÍCULO 4º.- La venta de tierra será a precio de fomento, tal lo normado por Ordenanza N° 12.511/19 , y la forma de pago se estipulara de común acuerdo en el Boleto de Compraventa a celebrarse entre las partes.-

ARTÍCULO 5º.- EXCEPTÚASE de la firma de los boletos de compra-venta y del pago en concepto de venta de tierra a precio fomento, a aquellos beneficiarios que acrediten fehacientemente el documento y comprobante de pago o certificado de libre deuda municipal.-

ARTÍCULO 6°.- AUTORÍZASE al Intendente Municipal a suscribir la escritura traslativa de dominio de los lotes adjudicados, a favor de los beneficiarios, una vez cancelado el precio de venta en su totalidad, quedando los gastos, costas y honorarios profesionales a cargo de la parte interesada.-

ARTÍCULO 7º.- ESTABLÉCESE que en caso de producirse la venta de alguno de los lotes resultantes de las adjudicaciones mencionadas en el artículo 2° de la presente, los respectivos adjudicatarios quedarán impedidos de ser beneficiarios de futuras adjudicaciones de lotes o viviendas que lleve adelante la administración municipal. La infracción debe quedar asentada en el Registro Único de Vivienda Municipal.-

ARTÍCULO 8°.- SANCIÓNESE a los beneficiarios que se encuentran consignados en el Anexo VIII de la presente, con el impedimento de ser beneficiarios de futuras adjudicaciones de lotes o viviendas sociales y únicas que lleve adelante la administración municipal, en razón de haber incumplido, al vender los lotes que les fueran otorgados, con las obligaciones asumidas oportunamente. La infracción deberá quedar asentada en el Registro Único de Vivienda Municipal -

ARTÍCULO 9°.- ENCOMIENDASE al Instituto de Vivienda y Hábitat dar de baja del Registro Único de Vivienda Municipal a los adjudicatarios consignados en el artículo 2° de la presente ordenanza. Asimismo deberá informar dicha adjudicación, al Registro Único Provincial de la Vivienda.-

ARTÍCULO 10°.- El listado de adjudicatarios consignados en el artículo 2° de la presente, será expuesto en las carteleras del Departamento Ejecutivo y del Legislativo, durante 15 días hábiles, para que la comunidad pueda realizar las observaciones y/o impugnaciones, si las hubiera.-
Capítulo 2
DE USUFRUCTO ONEROSO
ARTÍCULO 11.- ADJUDÍCASE, en usufructo oneroso, los lotes correspondientes a los Barrios Calderón; Godoy; Julio Obeid; Parque Sur; y Vallejos, a los beneficiarios que se detallan en los Anexos IX; X; XI; XII; y XIII de la presente Ordenanza, respectivamente.-

ARTÍCULO 12.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a celebrar, con los beneficiarios consignados en el artículo 10° de la presente, los correspondientes Convenios de Usufructo Oneroso, según modelo que se adjunta como Anexo XIV, fijándose, a través de la Secretaría de Economía y Hacienda Municipal, el valor mensual del derecho de usufructo.-

ARTÍCULO 13.- Los extranjeros integrantes de los listados de beneficiarios deberán realizar los trámites de ciudadanía, a fin de obtener la titularidad del lote, tal lo establecido en el artículo 108, inciso 3 de la Carta Orgánica Municipal . La adjudicación deberá ser autorizada por el Concejo Deliberante.-

ARTÍCULO 14.- Al beneficiario que haya cumplido con el requisito esencial para ser adjudicatario del lote que usufructúa, se le descontará el monto que haya pagado por el derecho de usufructo al valor total que resultare de la venta de la tierra a precio fomento, de acuerdo a la fórmula fijada por la Ordenanza N° 12.511/19. Los montos pagados en exceso no serán reintegrados al aportante, quedando entonces dichos pagos a favor del municipio.

ARTÍCULO 15.- Los beneficiarios consignados en el artículo 11 , que enajene los lotes usufructuados, serán sancionados de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° de la presente Ordenanza-

Capítulo 3
DE INHABITABILIDAD
ARTÍCULO 16.- DECLÁRANSE como INHABITABLES PARA LA VIDA HUMANA las parcelas de dominio privado de la Municipalidad de San Martín de los Andes, situadas en la calle Sarmiento al 0.-

ARTÍCULO 17- FACÚLTASE al Ejecutivo Municipal a implementar las medidas necesarias, disponiendo de los recursos correspondientes para evitar futuros asentamientos en las fracciones citadas en el artículo 16 de la presente; y a la instalación de cartelería anunciando la normativa de inhabitabilidad aplicada mediante la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 18.- IMPÓNESE ARTÍCULO 18.- IMPÓNESE al Ejecutivo Municipal, en caso de ocupación de las fracciones declaradas inhabitables, la obligatoriedad de la denuncia inmediata de estos hechos ante la Defensoría del Menor y la Familia, el Ministerio Público Fiscal y ante el Juzgado Civil, Laboral, Comercial y de minería en turno de la IV Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de Junín de los Andes, peticionando la intervención jurisdiccional pertinente.

ARTÍCULO 19.- ESTABLÉCESE, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, que las personas que invadan los terrenos declarados inhabitables, no podrán - a perpetuidad - ser beneficiarios de futuras adjudicaciones de lotes o viviendas sociales y únicas que lleve adelante la administración municipal.-
Capítulo 4
DE DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 20.- DERÓGANSE las Ordenanzas N° 8659/10; 9900/13; 10.446/15; 10.901/16; 10973/16; y 11.323/17.-

ARTÍCULO 21 .- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-






Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 22 de fecha 4 de noviembre de 2021, según consta en Acta correspondiente.-


ANEXO I

ORDENANZA N° 13.367/21

ANEXO II

ORDENANZA N° 13.367/21

ADJUDICATARIOS BARRIO CALDERON

Lote
Titular
DNI
Co - titular
DNI
NC
5
Juan Osvaldo ALARCON19.084.516 15-20-045-4826-0000
6
Leonardo Osvaldo ALARCON26.362.910Cecilia Adriana SEPULVEDA 27.994.577 15-20-045-4925-0000
7
Nilda Julia CORONADOF6.242.254 15-20-045-5125-0000
8
Humberto BELMAR MENDEZ 19.015.173 15-20-045-5225-0000
11
Olha GUZMÁN12.800.154 15-20-045-5628-0000
12
Luis Francisco YAÑEZ18.648.596Belén Agustina YAÑEZ39.129.54115-20-045-5826-0000
13
Etelvina SÁNCHEZ LAGOS18.759.241 15-20-045-6127-0000
14
Sofía Nélida BARRIENTOS 24.986.198 15-20-045-6028-0000
15
José Ángel ARRIAGADA14.170.302 15-20-045-5829-0000
16
Eduardo Enrique AVENDAÑO 11.545.578 15-20-045-5527-0000
19
Pedro Horacio CONTRERAS21.381.583 15-20-045-5229-0000
21
Vidalina BELMAR MENDEZ18.897.474 15-20-045-4831-0000
23
Graciela Mabel GUTIERREZ
David Anselmo GUTIERREZ
28.356.750
26.362.746
15-20-045-4630-0000
24
Luis Antonio AVILAM5.265.229Flor del Carmen QUILAHUEQUE TORO 93.155.370-15-20-045-4629-0000
25
Alberto Antonio GONZALEZ17.757.167 15-20-045-4829-0000
29
María Luisa BELMAR MENDEZ 19.013.203 15-20-045-5137-0000
30
Luz Marina VELASQUEZ16.702.919 15-20-045-5039-0000
31
Mercedes MOSCOSO12.219-119José Luis DURAN TOLOSA92.050.58015-20-045-5037-0000
32
Herminio CASANOVA10.438.782 15-20-045-4936-0000
33
Jorge Bartolomé HUENTEO16.333.106 15-20-045-5632-0000
38
Ramón Nicolas HEREDIAM8.170.492 15-20-045-5437-0000
40
José Lorenzo LEÓN12.471.492María Ruth NORAMBUENA17.950.71715-20-045-5233-0000

ANEXO III

ORDENANZA N° 13.367/21

ADJUDICATARIOS BARRIO GODOY

Lote
Titular
DNI
Co - titular
DNI
NC
44
Clemente Adelaido JARA17.045.480Elba Ayelen JARA13.574.47415-20-045-5837-0000
45
Rita HERNANDEZ10.670.545 15-20-045-6035-0000
46
Pedro CONCHA14.828.870 15-20-045-6032-0000
48
Sudelia CAYUN 12.249.442 15-20-045-6233-000
49
Gumersindo Pascual CAYUN17.396.391 15-20-045-6333-0000
52
Víctor Marcial GODOY26.362.805 15-20-045-6430-0000
53
Brígida CURRUHUINCA F4.216.112--------------------------------------------------------------15-20-045-6529-0000
54
Mariela Noemí TREUQUIL30.853.927 15-20-045-6631-0000
57
Baudilio CURRUHUINCA8.850.934Clara Alicia GODOY 10.657.591 15-20-045-6937-0000
58
Héctor Fabián CURRUHUINCA22.576.027 15-20-045-6839-0000
60
Dionisio PRIETO M7.302.319 15-20-45-6639-0000
61
Yanina Valeria TORO
Mariana MENA
34.807.241
30.964.095
15-20-045-6637-0000
62
Adjudicado por Ordenanza N° 12.443/19 15-20-045-6439-0000
63
Teresa del Carmen SUAREZ20.121.763 15-20-045-6636-0000
64
Adjudicado por Ordenanza N° 13.022/20 15-20-045-6434-0000
65
Manuel Arnoldo AVILAM7.577.563Clara Dorotea CASTRO 22.721.803 15-20-045-6336-0000
66A
Oscar Aníbal AVILA22.576..040María Graciela ROMERO 24.986.249 15-20-045-6335-0000
66B
Miguel Ángel AVILA 23.069.678 15-20-045-6238-0000
70
Rodolfo Abel CARDOSOM7.688.050 15-20-045-6039-0000
71
German TORO11.925.821 15-20-045-6339-0001
71 bisIsabel Yenifer GODOY
Fernanda Ayelen AVILA
34.406.959
30.964.139
15-20-045-6339-0002
73
Alba Micadelina CHEUQUEPAN17.592.816Alberto CARRILLO 16.197.166 15-20-045-6641-0000
75
María Luisa JARA11.301.327 15-20-045-6743-0000
76
Cecilia Beatriz PALACIOS26.362.780Susana Andrea PALACIOS 24.017.978 15-20-045-6746-0000
77
Ceferino Ernesto PINUER16.333.117Sandra del Carmen CURRUHUINCA22.721.96115-20-045-6845-0000
81
Ernestina FERNANDEZF6.242.216 15-20-045-7242-0000
82
Carlos Ernesto HUAYQUIFIL
Elisa Mercedes HUAYQUIFIL
22.576.021
17.950.736
15-20-045-7243-0000
83
Juana Carlina QUILAHUEQUE22.721.904 15-20-045-7444-0000
84
Juan Alberto ARIAS16.333.154 15-20-045-7542-0000
90
Luisa CURRUHUINCA10.847.621 15-20-045-7440-0000
91
Nolfa CURRUHUINCAF163.658 15-20-045-7641-0000
92
Corina CALLICUR17.621.972 15-20-045-7940-0000
93
Andrés Elías CAMPOS21.626.895Iriana Cristina MONTESINO 22.721.930 15-20-045-7839-0000
95
Néstor Aurelio SALAMANCA 14.388.452 15-20-045-7638-0000
97
Adjudicado por Ordenanza N° 11.684/17 15-20-045-7336-0000
100
Berta Alicia RUBILAR21.626.984 15-20-045-7535-0000
101
Cesar Omar CAYUN22.721.831 15-20-045-7534-0000
102
Luis Alberto LOBOS M7.688.689Rosa Melania VALERIA12.778.84415-20-045-7232-0000
103A
Daniel DÍAZ16.578.381 15-20-045-7234-0000
103B
Clementina GODOY17.045.473 15-20-045-7134-0000
105
Gumercindo VALERIA14.388.502Isolina GODOY17.950.75815-20-045-7033-0000
108
Cristian Rodrigo FLORES38.492.295 15-20-045-7030-0000
111
Cecilia Inés ESCOBAR24.986.191 15-20-045-6828-0000
113
María Cristina GUTIERREZ12.065.145 15-20-045-7942-0000
117
Delia del Carmen LARA23.726.012 15-20-045-7845-0000
121
Alejandro SALINAS17.396.319Sandra Marcela CAMPOS20.121.73415-20-045-8246-0000
122
Pablo Emilio RAMIREZ13.028.001 15-20-045-7946-0000
124
Elba Luz PEREZ17.950.711 15-20-045-8050-0000
126
Emelina María ARAVENA13.970.638 15-20-045-8250-0000
128
Estela SOLORZAF5.620.886 15-20-045-8348-0000
129
Martín Nahuel LEIVA37.938.465 15-20-045-8347-0000
131
Luis Abel CASTILLO11.301.343 15-20-045-8648-0000
132
Ana María MENDEZ18.672.362 15-20-045-8549-0000

ANEXO IV

ORDENANZA N° 13.367/21

ADJUDICATARIOS BARRIO JULIO OBEID

Lote
Titular
DNI
Co - titular
DNI
NC
135
Carmen Rosa VARGAS ALVARADO19.085.706 15-20-045-9153-0000
136
Ester Vanesa ANTIQUEO – 33.942.420 15-20-045-9054--0000
136 A
Aurora Sofía Mabel SEPULVEDA 25.544.144 15-20-045-9365-136 A
137
Marcos José RODRIGUEZ CID 32.919.061Lina Gimena RODRIGUEZ CID 34.406.74815-20-045-8954-0000
138 A
Mariana Alejandra MATUS 32.518.256 15-20-045-8753-0000
109
Javier Daniel MAZARO17.451.165Paulita del Carmen NUÑEZ GALLARDO92.898.38115-20-045-8653-0000
145
Margarita Ruth MENDOZA OJEDA18.831.889 15-20-045-8554-0000
146
Juan Eduardo VASQUEZ 24.017.776 15-20-045-8453-0000
147
José Hipólito ARAVENA 7.579.233 15-20-045-8352-0000
149
José Santos PEREZ 14.388.402 15-20-045-8355-0000
151
Víctor Gastón BRAVO 13.557.889María Ester CUEVAS VALDEBENITO92.692.59015-20-045-8558-0000
153
Evelyn Johana SANTANA
Micaela Elisabeth SANTANA
36.840.335
37.458.743
15-20-045-8957-0000
156
Rosa Noemí GARCIA12.767.416 15-20-045-9254-0000
159
Jorge Javier VAZQUEZ 35.608.060 15-20-045-9257-0000
165
Liria CIFUENTES 10.437.751 15-20-045-9660-0000
166
Juan Carlos ARROYO SILVA 18.807.559 15-20-045-9761-0000
168
Yanina Natalia RODRIGUEZ30.010.322 15-20-045-8859-0000
169
Jorge Luis SILVA ARRIAGADA 29.750.742 15-20-045-8659-0000
170
Amada ENRIQUEZ 1.736.172 15-20-045-8760-0000
171
Héctor Orlando GONZALEZ 17.763.834 15-20-045-8761-0000
172
Deloida MENDEZ NAVARRO 18.806.102 15-20-045-8862-0000
175
Benjamín RAMIREZ 14.388.575Julia Bibiana OPORTO28.356.75215-20-045-8961-0000
180
Pedro Pascual FARIAS 17.067.090 15-20-045-9666-0000
183
Ángela Saturnina TUCUPA 10.207.115 15-20-045-9466-0000
185
Luzgarda del Carmen DAVILA ECHEVERRIA18.879.940 15-20-045-9669-0000
187
Adjudicado por Ordenanza N° 12.512/19 15-20-045-9771-0000
188
Víctor Joel ROA 16.702.896 15-20-045-9772-0000
189
Adelina OSBANDO 10.466.850 15-20-045-9673-0000
191
Luciano CANUILLAN7.298.936 15-20-045-9570-0001
195
Silvia Liliana VALERIA 14.170.428 15-20-045-9471-0000
196
Dora de Carmen MANRIQUEZ 12.471.456 15-20-045-9469-0000
197
Irma Albina BIZAMA CORALES18.801.082 15-20-045-9368-0000
198
Luis LANG 7.363.083Antártida Argentina LERINF6.242.29815-20-045-9367-0000
200
Benedicto GUZMAN 10.287.305Irma CURRUHUINCA13.557.74715-20-045-9267-0000
204
Juan Bautista DURAN11.472.651María de los Ángeles PRICE13.934.31315-20-045-9064-0000
205
Adjudicado por Ordenanza N° 12.313/19 15-20-045-9163-0000
207
José Marcelo GONZALEZ20.359.899 15-20-045-9366-0000
208
Adolfo Abel RODRIGUEZ M5.265.239 15-20-045-8865-0000
212
Jaime Rene BRAVO 12.471.481 15-20-045-9169-0000
213
Marlene del Carmen TOLEDO MIRANDA 18.744.418 15-20-045-9166-0000
214
Rafael del Carmen CARDENAS 17.621.989 15-20-045-9170-0000
215
Guadalupe del Carmen ALBORNO 14.388.506 15-20-045-9271-0000
216
Corina ERICES F5.947.145 15-20-045-9272-0000
309
Elisa CANUILLAN18.291.396 15-20-045-9972-0000
311
Hugo Raúl SALAZAR 12.663.812 15-20-045-9870-0000
313
Daniel TRIPAILAF 16.128.105 15-20-045-9768-0000
316
Lidia Ibeth GUTIERREZ JARA18.863.562 15-20-045-9865-0000

ANEXO V

ORDENANZA N° 13.367/21

ADJUDICATARIOS BARRIO PARQUE SUR

Lote
Titular
DNI
Co - titular
DNI
NC
219
José Antonio PASTORIZA M7.571.938 15-20-045-9475-0000
221
Adjudicado por Ordenanza N° 11.603/17 15-20-046-7400-0000
223
Arturo CRESPO M7.575.084 15-20-046-7501-0000
224
Eduvina TORRES 13.557.773 15-20-046-7602-0000
225
Marcelina GUTIERREZ 11.545.551 15-20-046-7604-0000
278
Ema OBREQUE F5.947.111 15-20-046-8308-0000
279
José Luis CONCHA17.396.317 15-20-046-8206-0000
281
Silvia del Carmen CORVALAN 22.037.324Carlos Daniel PACHECO 20.121.73215-20-046-8306-0000
282
Favio Fabián OBREQUE 23.069.583 15-20-046-8307-0000
283
Juana María VILLAGRA 13.028.010 15-20-046-8506-0000
284
Zulema Elena PENINI 29.574.662 15-20-046-8004-0000
288
Pedro Antonio GUERRERO M7.577.565 15-20-046-8103-0000
289
Santiago LAGOS 28.558.891 15-20-046-8204-0000
297
Alejandra Paola COLIÑIR 29.973.325 15-20-046-8500-0000
299
Bernardo José URIBE
Julio Cesar URIBE
29.750.741
30.964.259
15-20-046-8300-0000
300
Marcelo Daniel STEINGRUBER 16.060.801Haidee Alicia ESCARES MORAGA 15-20-046-8100-0000
303
Constancia Ursula Doris MARKUS 11.353.108 15-20-059-0074-0000
304
Nicario ABURTO M7.571.921Inés TORRES F0.875.34915-20-045-9973-0000
306
Mariela Edith DEL HOYO
27.432.647
15-20-059-0275-0000
307
Karina Alejandra TOBARES22.661.808 15-20-059-0376-0000
317
Miguel ROMADO 16.333.134 15-20-045-9874-0000
318
Moisés Roberto GALLEGOS24.986.253 15-20-045-9875-0000
319
Edith MANRIQUEZ 13.557.744 15-20-045-9976-0000
322
Amada Elena NOVOA 20.450.843 15-20-046-7803-0000
326
Jorge Alberto RIVERA16.489.837 15-20-045-9674-0000
327
Elso ROMADO 13.028.048 15-20-045-9774-0000

ANEXO VI

ORDENANZA N° 13.367/21

ADJUDICATARIOS BARRIO VALLEJOS


Lote
Titular
DNI
Co - titular
DNI
NC
226-1 Nélida Rosa ANCAFIL 11.144.753 15-20-046-7806-0001
227Félix Cristian ORMEÑO 14.388.540 15-20-046-7907-0000
229Sara Eduviges ZAPIOLA16.704.534 15-20-046-8009-0000
230Cesar CALDERON 11.060.454 15-20-046-7910-0000
233Gladis Edith GARNICA17.045.414 15-20-046-8012-0000
235Carlos María LEON 30.529.540 15-20-046-8113-0000
238Nancy del Carmen BARRERA VILLARROEL 18.771.934 15-20-046-8314-0000
236 A Mario Alfonso SAAVEDRA 20.121.752 15-20-046-8213-000A
236 B Walter Alfonso LARA 17.723.932 Susana MARIQUEO 24.925.02115-20-046-8213-000B
239Ana Luisa SEPULVEDA 20.262.837Ramón Alberto SEPÚLVEDA 23.069.51215-20-046-8316-0000
240 Mabel Angélica FLORES
Gustavo Rodolfo FLORES
Alicia Magdalena FLORES
12.249.494
14.692.203
11.060.453
15-20-046-8414-0000
241Juan Rodolfo PARRA18.010.000Elba Cristina MEDINA 24.986.22715-20-046-8313-0000
242Eulalia Juana GARNICA 22.402.980 15-20-046-8311-0000
243Alejandro Enrique CONCHA 23.726.076 15-20-046-8310-0000
244 Dora CARDENAS 11.545.552 15-20-046-8517-0000
245 Cristina CARDENAS 13.028.112 15-209046-8417-0000
246 Fernando Segundo JARAMILLO13.557.895 15-20-046-8318-0000
248María Fernanda ROJAS 26.825.855 15-20-046-8519-0000
249Sergio FERRADA 23.069.634 15-20-046-8620-0000
250Tomasa CARDENAS12.249.481 15-20-046-8419-0000
252Justodio Orlando IBAÑEZ 10.593.026Mirta Esther CONCHA20.262.99015-20-046-8421-0000
253Anacleto RAMIREZ M7.302.714 15-20-046-8521-0000
256JUNTA VECINAL BARRIO VALLEJOS 15-20-046-8925-0000
258 Dionisio CAÑUQUEO 10.657.590 15-20-046-8822-0000
265 Rubén Ángel ANTIFIL 14.692.148 15-20-046-9022-0000
267 Ángel Mauricio RODRIGUEZ 17.763.829 15-20-046-8818-0000
270José Rosas LOPEZ13.052.681 15-20-046-8715-0000
271Graciela del Carmen SANDOVAL20.262.958 15-20-046-8614-0000
272Eulogia Nélida MORALES 13.557.871Daniel Adolfo MORALES 22.816.21515-20-046-8613-0000
275Deidamia del Carmen ZAPATA 16.702.909 15-20-046-8710-0000
276 Irma Nelida JARAMILLO 11.060.430 15-20-046-8608-0000


ANEXO VII

ORDENANZA N° 13.367/21

BOLETO COMPRAVENTA

En la Ciudad de San Martín de los Andes, Provincia del Neuquén, a los …… días del mes de ……… de 202…, entre la entre la MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE LOS ANDES , representada en este acto por el Intendente Municipal ……………………………., DNI Nº ………………, con domicilio en calles Gral. Roca y J. M. de Rosas, en adelante "La Municipalidad", por una parte, y el(los) Sr(a) ………………………………., DNI Nº …………………….., con domicilio en calle ……………………………….., ambos de la ciudad de San Martín de los Andes, en adelante "El(los) Comprador(es)" , se conviene en celebrar el presente BOLETO DE COMPRA VENTA de inmueble, sujeto a las siguientes cláusulas.--------- PRIMERA: La Mumicipalidad vende a El(los) Comprador(es) , un inmueble de su propiedad ubicado en la ciudad de San Martin de los Andes, Provincia del Neuquén, individualizado como LOTE ……, Nomenclatura Catastral: ……………………, con una superficie total de …….. m², sito en el Barrio …………………………..de la Ladera Curruhuinca.---------------------------------- SEGUNDA: La presente operación se enmarca en lo dispuesto en la Ordenanza Nº …………….., sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de San Martín de los Andes en Sesión Ordinaria Nº …….. de fecha ……. de ………….. de 20….., así como en los actos administrativos que resultan su consecuencia.--------------------------------------------------------- TERCERA : El precio del lote sin servicios se fija en la suma de Pesos …………………… ($ …………), pagaderos en ……… cuotas iguales y consecutivas de Pesos ……………………………………. ($ ……………). El primer pago deberá efectivizarse el día …… del mes de …………….. de 202…., y los restantes en igual día de los meses sucesivos y/o el siguiente hábil en caso de resultar feriado administrativo el que corresponde. El(los) Comprador(es) podrá(n) cancelar anticipadamente sus obligaciones de modo total o parcial, siendo el módulo mínimo del pago parcial el del de valor de la cuota establecida en la presente cláusula.-------------------------------
CUARTA: El(los) Comprador(es) deberán abonar las cuotas en la sede del Palacio Municipal, sito en calles Gral. Roca y J. M. de Rosas, Secretaría de Economía y Hacienda, Dirección de Tesorería, y/o donde La Municipalidad determine y les comunique fehacientemente en caso de cambio de domicilio de pago o habilitación de otro lugar de cancelación.---------------------- QUINTA: Por cada día de retraso en el cumplimiento de la obligación de pago El (los) Comprador(es) abonaran a La Municipalidad la suma equivalente al cero coma diez por ciento (0,10%) diario de la cuota vencida, estableciéndose el precitado punitorio como cláusula penal, el cual deberá ser cancelado conjuntamente con la cuota. En caso de pago parcial -y si este fuera aceptado por La Municipalidad, el importe abonado se imputará primeramente a intereses, y en caso de existir un saldo excedente, a capital.------------------------------------------
SEXTA: Será a cargo de El (los) Comprador(es) el pago de tasas, contribuciones y todo otro derecho municipal e impuesto provincial y/o nacional que devengue el lote referido en la cláusula Primera de este contrato, a partir de la firma del presente.----------------------------------
SEPTIMA: La falta de pago por parte de El (los) Comprador(es) de tres cuotas, consecutivas o alternadas, producirá la mora automática y de pleno derecho, sin necesidad de requerimiento o intimación alguna, considerándose caídos y vencidos los plazos pendientes de las obligaciones asumidas por El(los) Comprador(es), quedando facultada La Municipalidad a exigir el pago del total adeudado, con más los intereses señalados en la cláusula QUINTA y los recargos e impuestos correspondientes, o bien considerar rescindido el presente boleto de compraventa, sin derecho a reclamo o reembolso alguno por parte de El(los) Comprador(es), quienes en tal caso deberán restituir el inmueble libre de personas o cosas dentro del plazo de ……. días contados desde el momento en que se les notifique en forma fehaciente la voluntad rescisoria, bajo apercibimiento de iniciar acción legales a fin de obtener el desalojo del inmueble. No obstante lo expuesto, los casos de situaciones socioeconómicas que lo justifiquen podrán ser tratados en forma excepcional, a solo arbitrio de La Municipalidad.-----------------------------------------------
OCTAVA: En caso de rescisión del presente por culpa o por voluntad de El(los) Comprador(es) no se les reintegrará las sumas que hubiesen pagado en concepto de cuotas mensuales, intereses, impuestos, gastos, servicios, tasas o cualquier otra suma devengada por el uso o transferencia del bien aquí enajenado, las que serán imputadas a valor de uso del inmueble y quedarán para La
NOVENA: El(los) Comprador(es) tienen prohibición absoluta de transferir el presente BOLETO DE COMPRAVENTA por cualquier causa o título jurídico, no podrán vender total o parcialmente, alquilar o subalquilar, otorgarlo en uso gratuito -comodato- u oneroso, salvo expresa autorización por escrito y en forma previa de parte de La Municipalidad. Esta prohibición se mantendrá por el plazo de diez (10) años desde la firma del presente contrato, aun cuando se haya otorgado escritura traslativa de dominio a favor de los adquirentes por haber cancelado el total de las obligaciones a su cargo. En caso de incumplimiento de la presente cláusula de parte de los adquirentes, el contrato se considerará rescindido de pleno derecho por culpa de El(los) Comprador(es), debiendo en tal caso restituirse el inmueble a La Municipalidad libre de personas o cosas, dentro del plazo perentorio de ……….. (….) días desde que se tome conocimiento de la situación y se manifieste fehacientemente la voluntad rescisoria por parte de La Municipalidad, quedando está facultada a iniciar sin más trámite las acciones legales tendientes al desalojo del inmueble en caso de incumplimiento por parte de El(los) Comprador(es) , quedando a cargo de estos últimos los gastos que tales acciones generen
DÉCIMA:DÉCIMA: La Municipalidad otorgará a El(los) Comprador(es) la posesión del inmueble objeto del presente contrato a los ……………… días de la firma. El(los) Comprador(es) tienen la obligación, una vez otorgada la posesión, de ocupar efectivamente el inmueble, así como de habitar -con su grupo conviviente designado en el formulario de Declaración Jurada- en el lote en el momento en que se encuentre en condiciones fácticas de realizarlo.---------------------
DÉCIMO PRIMERA: Una vez cancelado el precio total de venta, se formalizará la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor de El(los) Comprador(es). La Municipalidad determinará la Escribanía interviniente. Los gastos de escrituración, impuestos, tasas y demás costos que irrogue la transferencia del bien materia del presente estarán a cargo de El(los) Comprador(es).--------------------------------------------- DÉCIMO SEGUNDA : Para todos los efectos legales y judiciales emergentes del presente contrato las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Junín de los Andes, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. Las partes constituyen domicilio legal en los enunciados, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones, citaciones y emplazamientos que se practiquen mientras no sea informado fehacientemente el eventual cambio de domicilio a la contraparte.----------------
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación firman las partes contratantes el presente instrumento en cuatro (4) Ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.----------------------------------------------------------
ANEXO VIII

ORDENANZA N° 13.367/21

LISTADO VENDEDORES LOTES SOCIALES- LADERA CURRUHUINCA

José Arcadio CASTILLO MUÑOZ
Ricardo Albertino SAN MARTÍN
Lidia Uldariza SAN MARTÍN
René FAUNDEZ
Fernando TOLEDO
Juan Alberto TIZNADO
Carolina MELI
Isaac Alberto RUBILAR
Luis Guillermo HERMOSILLA MATAMALA
Ana Berta AMOYADO PAISIÑANCO
Alberto Gustavo BORDON
María Eugenia AMOYADO PAISIÑANCO
Florinda Tomasa MANRIQUEZ
Mirta del Carmen ESCOBAR
Ana Luisa BOBADILLA
Luis Alberto GAETE BASCUÑAN
Pedro Dioniso GARCÍA SATIBAÑEZ
Luis Abel BRAVO TORRES
Rolando Raúl ESPREL BARRÍA
Eliana Luisa RODRIGUEZ ANONI
Trinidad CISTERNA
Héctor Rolando CISTERNA
Teresa RODRIGUEZ CASTRO
Segundo Ramón SALVO LONCOMILLA
María Alejandra HERNANDEZ
Alfonso GUTIERREZ
Ricardo Adolfo TRUJILLO
Sergio Camilo ESCOBAR
Pedro Erroc HUENCHULLAN NAVARRETE
Ofelia del Carmen HIDALGO
Sofanor Enrique PONCE RIQUELME
Oscar OÑATE MOLINA

ANEXO IX

ORDENANZA N° 13.367/21

BENEFICIARIOS BARRIO CALDERON – CONTRATO DE USUFRUCTO


Lote
Titular
DNI
Co - titular
DNI
NC
2
Juan Carlo URIBE SOTO92.422.578 15-20-045-4527-0000
4
Jaime Luis OÑATE MOLINA92.684.006María Isolina LEAL CEBALLO92.786.40815-20-045-4727-0000
10
Gidel Benahidas SALGADO OPAZO92.723.448 15-20-045-5525-0000
13B
Jovita Gionet CONTRERAS TORRES92.766.205 15.20-045-5108-000A-
17
Gladys del Carmen MATUS AEDO92.634.739 15-20-045-5430-0000
26
Nazael MARDONES ARANEDA93.892.300Clementina AROSF5.477.87615-20-045-4928-0000
27
Custodio Ángel FAUNDEZ OPORTO 93.602.894 15-20-045-5034-0000
41
Norma Amadina SALVO COFRE93.580.075 15-20-045-5832-0000

ANEXO X

ORDENANZA N° 13.367/21

BENEFICIARIOS BARRIO GODOY– CONTRATO DE USUFRUCTO

Lote
Titular
DNI
Co - titular
DNI
NC
42
Juan Guillermo MOLINA ELGUETA
92.009.828
Juana María URRUTIA MOLINA93.743.11415-20-045-5933-0000
51
Nancy Inés CARIQUEO QUILAHUEQUE 92.435.114 15-20-045-6432-0000
69
Ariela del Carmen ORIA MOLINA 94.125.273 15-20-045-5938-0000
87
David MORA MORAGA94.180.981 15-20-045-7139-0000
89
Erna Mercedes AVILA MANQUEMILLAN 92.286.252 Andrés Ismael CAMPOS MORAGA92.287.89615-20-045-7238-0000
94
Elsa Edith MARTINEZ MELLA92.907.510 15-20-045-7738-0000
99
José Rodolfo SANHUEZA ULLOA 92.765.620 15-20-045-7636-0000
104
Víctor René OYARZÚN PANQUECO92.786.004 15-20-045-7135-0000
118
Daniel Celestino HERMOSILLA SANDOVAL 93.671.680 15-20-045-8144-0000
119
Pedro Juan RODRIGUEZ PARRA92.696.596 15-20-045-8343-0000
125
Manuel Segundo RUBILAR CARES 93.395.654 15-20-045-8151-0000
125
Eliana Isabel HUENCHUILAN92.759.039 15-20-045-8350-0000
130
Rigoberto Balmores CUEVAS FUENTES 95.971.687 15-20-045-8346-0000

ANEXO XI

ORDENANZA N° 13.367/21

BENEFICIARIOS BARRIO JULIO OBEID – CONTRATO DE USUFRUCTO

Lote
Titular
DNI
Co - titular
DNI
NC
133
Luis Alfonso PARRA FIGUEROA 92.475.447.20.121.76315-20-045-8651-0000
134
Iván Ricardo RAMÍREZ PLAZA92.731.950 15-20-045-8951-0000
138 B
Ruth Esmerita ORTEGA ORTEGA 93.251.362 15-20-045-8753-0000
140
Apolonia Leticia FLORES MARAMBIO 92.668.201Luis RUTIA M7.575.64915-20-045-8754-0000
141
Ana María NAHUELPAN COLLILEO92.607.438 15-20-045-8855-0000
142
Miguel Ángel JARAMILLO VARGAS 93.073.440 15-20-045-8756-0000
144
Erna Alicia ARIAS PAILACURA 92.980.659 15-20-045-8555-00000
148
Mario Jacinto PINUER CARRASCO92.596.809Eliana ILIA PAREDES PÉREZ92.593.34415-20-045.8353-0000
150
Juan Artidoro SALAZAR SAN MARTIN92.649.381Viviana del Carmen ALVAREZ TAPIA93.939.66515-20-045-8456-0000
152
Silvia Alejandra PONCE ARIAS92.980.662 15-20-045-8758-0000
154
Ilse Carmen CIFUENTES CARCAMO 92.508.569 15-20-045-8956-0000
155
Mercedes PORTES ECHEVERRIA 92.959.266 15-20-045-9156-0000
158
Yuriza CORREA GARCIA95.150.298 15-20-045-9357-0000
160
Jaime Eufrasio RIQUELME VALENZUELA 93.074.040 15-20-045-9358-0000
161
Justina Mercedes VALENZUELA ARAYA 93.464.767 15-20-045-9458-0000
163
Miriam Olga POO LIZAMA92.979.135 15-20-045-9659-0000
164
Jorge Antonio RIQUELME VALENZUELA 93.098.258 15-20-045-9559-0000
165 A
Juan Romero SILVA 93.010.491 15-20-045-9660-000A
167
Manuel Antonio VARGAS ALVARADO 93.039.888 15-20-045-8959-0000
173
Graciela MONSALVE VALLEJOS 92.716.850 15-20-045-8863-0000
176
Carlos Artemio TOLEDO MOSCOSO 93.073.429 15-20-045-9562-0000
178
Patricia Ester JIMENEZ RODRIGUEZ93.864.294 15-20-045-9564-0000
184
Sofía del Carmen LARENAS QUIROZ 92.496.354 15-20-045-9567-0000
201
Elisa Yannet OSSES TORO 92.655.758 15-20-045-9266-0000
203
José Antonio RODRIGUEZ BRAVO 92.723.159 15-20-045-9065-0000
206
Pedro VARGAS ALVARADO92.759.040 15-20-0459264-0000
209
Victoriano Segundo MATUS FAUNDEZ 92.298.232 15-20-045-8966-0000
210
Juan Alberto ARRIAGADA VALENZUELA 92.683.886Gloria Isabel NOVOA MOLINA92.915.62615-20-045-9067-0000
312
José Mauricio GRANDON SOTO 92.250.228 15-20-059-0069-0000

ANEXO XII

ORDENANZA N° 13.367/21

BENEFICIARIOS BARRIO PARQUE SUR – CONTRATO DE USUFRUCTO

Lote
Titular
DNI
Co - titular
DNI
NC
220
Robinson Ramón TORRES OPAZO 92.481.434 15-20-046-7300-0000
222
Carlos QUEZADA VIVEROS 92.035.843 15-20-046-7500-0000
280
José Omar CONTRERAS CARRILLO 92.742.163 15-20-046-8207-0000
287
Dorcy PADILLA JARA 93.649.682 15-20-046-8101-0000
290
Josefina CARDENAS GONZALEZ 92.401.070 15-20-046-8405-0000
301
Ximena VARGAS 94.896.160 15-20-046-8000-0000
320
José Segundo PARRA RIQUELME 92-254-285 15-20-046-7901-0000
323
Hugo Iván PEREZ ROJAS 92.820.564 15-20-046-7701-0000
324
Gastón Enrique HUECHANTE SANCHEZ 92.256.573 15-20-046-7702-0000
325
Luis Osvaldo CALDERON CONTRERAS 92.186.334 15-20-045-9776-0000

ANEXO XIII

ORDENANZA N° 13.367/21

BENEFICIARIOS BARRIO VALLEJOS – CONTRATO DE USUFRUCTO

Lote
Titular
DNI
Co - titular
DNI
NC
231Fredeslinda del Carmen ORTIZ GODOY. 92.482.311 15-20-046-8110-0000
234Nelia Aurora GONZALEZ HERRERA 92.463.078 15-20-046-8213-0000
237Mario DELGADO SEPULVEDA 92.254.284 15-20-046-8215-0000
255Eliana del Carmen MORA IMINAO 93.602.892 15-20-046-8627-0000
259Zaida Tatiana DELGADO GONZALEZ 92.419.100 15-20-046-9123-0000
260Nelson Robaldo VERGARA CATRILOF 92.682.453 15-20-046-9224-0000
261 Benjamín Aclisio PAREDES RIFO92.496.357 15-20-046-9423-0000
262María Teresa MORENO CHAMORRO 92.898.597 15-20-046-9222-0000
264Rosa NAVARRETE VEGA 92.722.814 15-20-046-9020-0000
269María Victoria CONCHA ESTRADA 93.968.401 15-20-046-8617-0000
273 José Ángel MEDINA SANDOVAL 92.518.412 15-20-046-8712-0000

ANEXO XIV

ORDENANZA N° 13.367/21

MODELO DE CONTRATO DE USUFRUCTO ONEROSO


Entre LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal………………….., D.N.I. N° ……………., con domicilio en Roca y Rosas de la ciudad homónima, en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y el(la) Sr(a) ......................................, D.N.I. N° ..................., domiciliado(a) en ................................. de la ciudad de San Martín de los Andes, en adelante EL(LA) USUFRUCTUARIO(A), por la otra parte, se conviene celebrar el presente contrato de usufructo en los términos de la Ordenanza N° ………….. que lo aprueba, sujeto a las siguientes cláusulas: -----------------------------------------------------------
PRIMERA - OBJETO: LA MUNICIPALIDAD entrega en usufructo a el Sr(a). .................................... el inmueble de propiedad de LA MUNICIPALIDAD individualizado como Lote ……, Nomenclatura Catastral ……………….., sito en el Barrio…………………. de la Ladera Curruhuinca, para que EL(LA) USUFRUCTUARIO(A) la destine exclusivamente al uso familiar para el asiento de la vivienda de su grupo de familia, quedando expresamente prohibida la asignación de otro uso del inmueble so pena de rescisión. ------------------------------------------------------------------
SEGUNDA - PLAZO DEL USUFRUCTO: El presente usufructo se establece por un plazo de....................., cumplido el cual EL (LA) USUFRUCTUARIO(A) deberá restituir el inmueble objeto del presente contrato a LA MUNICIPALIDAD. La mora en la entrega se producirá en forma automática por el solo vencimiento del plazo y sin necesidad de notificación o interpelación alguna, dando derecho a LA MUNICIPALIDAD a requerir el desalojo por la vía que corresponda. Sin perjuicio de lo pre expuesto en cuanto al plazo de duración del derecho de usufructo, en el caso que EL(LA) USUFRUCTUARIO(A) durante el transcurso del plazo llegara a estar en condiciones de poder ser adjudicatario(a) en venta en los términos del Artículo 108 inciso 3° de la Carta Orgánica Municipal del inmueble dado en usufructo, LA MUNICIPALIDAD podrá adjudicarle el lote en venta, y en tal caso los pagos efectuados por EL(LA) USUFRUCTUARIO(A) en razón del derecho de usufructo serán considerados como parte -parcial o total- del precio de venta del inmueble en cuestión. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERA - PRECIO: EL(LA) USUFRUCTUARIO(A) abonará a LA MUNICIPALIDAD en concepto de pago mensual por el derecho de usufructo del inmueble, la suma de Pesos ……………………… ($ ………..), la que deberá hacerse efectiva del 1° al 10° de cada mes en el domicilio de la Secretaría de Economía y Hacienda de la Municipalidad, Sección ……………………….., o donde LA USUFRUCTUANTE lo informe debidamente. El pago comenzará a devengarse al mes inmediato siguiente a la puesta en posesión del inmueble por parte DEL (LA) USUFRUCTUARIO(A).---------------------------------------------------------------------------
CUARTA - OBLIGACIONES DEL(A) USUFRUCTUARIO(A): EL(A) USUFRUCTUARIO(A) asume las siguientes obligaciones, so pena de rescisión culpable: (a) abonar mensualmente el precio establecido en la cláusula precedente; (b) abonar los servicios de energía eléctrica, servicio de gas, agua potable, retributivos municipales, así como demás servicios que se presten en el inmueble; (c) mantener el inmueble objeto del usufructo en buenas condiciones, reparando todo desperfecto o rotura a su cargo; (d) reintegrar el inmueble una vez vencido el plazo del usufructo, libre de ocupantes y/o cosas. EL (LA) USUFRUCTUARIO(A) deberá gestionar ante los entes pertinentes que todos los servicios sobre el inmueble sean puestos a su nombre. Asimismo deja expresamente autorizada a LA MUNICIPALIDAD a realizar inspección del inmueble afectado al usufructo por parte del personal municipal o los técnicos que sean necesarios a fin de evaluar el estado de conservación en que se encuentra el inmueble.-------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTA - OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD: LA MUNICIPLIDAD se obliga a entregar el uso y goce del inmueble indicado, permitiendo su ocupación siempre que se cumplan las condiciones estipuladas en las cláusulas anteriores y por el plazo previsto en este contrato.-----------
SEXTA - PROHIBICIONES:SEXTA - PROHIBICIONES: EL (LA) USUFRUCTUARIO(A) no podrá, so pena de rescisión contractual, ceder los derechos de uso, goce y ocupación a terceros, total o parcialmente y bajo ningún título. En caso de comprobarse que EL (LA) USUFRUCTUARIO(A) incurrió en la conducta signada como prohibida en ésta cláusula, se producirá automáticamente la resolución del contrato y el desalojo del inmueble, sin perjuicio de las acciones por daños que correspondan para lograr el resarcimiento a LA MUNICIPALIDAD.------------------------------------------------------------- SEPTIMA- RESPONSABILIDAD CIVIL: EL (LA) USUFRUCTUARIO(A) asume en forma exclusiva y excluyente la responsabilidad por los daños a terceros o si mismo que pudieran causarse dentro del inmueble sujeto a usufructo, desobligando en tal sentido a LA MUNICIPALIDAD.

OCTAVA - INCUMPLIMIENTO - El incumplimiento a cualquiera de las cláusulas del presente por parte de EL (LA) USUFRUCTUARIO(A) dará lugar derecho a la rescisión culpable del usufructo. En tal caso EL (LA) USUFRUCTUARIO(A) se obliga a desalojar el predio afectado al usufructo en el termino de treinta días de notificada la rescisión. Tanto en caso de rescisión culpable como inculpable las mejoras construidas quedaran en favor de LA USUFRUCTUANTE sin derecho a indemnización ni compensación alguna.-----------------------------------------------------------------------
NOVENA - ELEVACION A ESCRITURA PUBLICA : Las partes se obligan a elevar el presente contrato a escritura pública, atento a estar así establecido como requisito de validez de la constitución de usufructo en el artículo 1184 inciso 1° del Código Civil. Será facultad de……………………………………. la elección del (la) escribano (a) que actuará. Los gastos de elevación del presente contrato a escritura pública correrán por cuenta de……………………….. En la escritura respectiva deberá transcribirse el presente contrato.-------------------------------------------
DÉCIMA - DOMICILIOS - JURISDICCIÓN: Las partes constituyen domicilios en los indicados en el encabezamiento, en donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se cursen. Los cambios de domicilio serán notificados en forma fehaciente, y no se tendrán por validos hasta tanto se recepcione por la contraparte la notificación del cambio. Los firmantes dejan establecido que para cualquier divergencia judicial se someterán a los tribunales ordinarios de la IV Circunscripción Judicial del Neuquén, con asiento en Junín de los Andes, renunciando a todo otro fuero, inclusive el federal, si correspondiere.--------------------------------------------------------------------------------------
Previa lectura de viva voz, los firmante ratifican lo contratado y firman dos ejemplares iguales de los que cada parte recibe su original en este acto, en San Martín de los Andes, a los………. días del mes de………………… de dos mil ……………………..


"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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