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Información Adicional
Ordenanza N° 12272, Año 2019
Reglamentación Art. 45 Inc. 14 Carta Orgánica Municipal: pedido de informes
Publicación : 04/12/2019
-- Boletín Oficial N° 590
Artículo 1º.-
En el marco de lo establecido en el
Artículo n° 45, inciso 14
de la
Carta Orgánica Municipal
, el Concejo Deliberante en su conjunto, los bloques partidarios y los y las concejales en forma individual, podrán solicitar informes, expedientes y otras informaciones que coadyuven a una mejor tarea legislativa y de control del Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo 2º.-
Las solicitudes, pases, remisiones e informes, se ajustarán a los plazos y condiciones establecidos por la
Ordenanza nº 3.925/00
.-
Artículo 3º.-
Los agentes y funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal que obstaculicen la tarea de los legisladores serán sancionados bajo el régimen disciplinario dispuesto en la Ordenanza mencionada en el artículo precedente o las normas que las reemplacen.-
Artículo 4º.-
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 4 de fecha 21 de marzo de 2019, según consta en Acta correspondiente.-
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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