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Ordenanza N° 13929, Año 2022
Criterios de adjudicacion de viviendas
Publicación : 12/23/2022 -- Boletín Oficial N° 687

ARTÍCULO 1°.- APRUÉBANSE, en el marco de la Ordenanza N° 13.515/22, los criterios de adjudicación para las viviendas a implantarse, según croquis obrante como Anexo I de la presente, en la fracción del lote de dominio privado municipal, identificado con nomenclatura catastral 15-20-58-5006-0000 del Barrio Chacra 4, que se enumeran a continuación:

· inscripción en el Registro Único de Demanda Habitacional;

· inscripción en el Registro Único Provincial de la Vivienda (RUPROVI);

· residencia comprobable mínima y continua durante los últimos cinco (5) años en la localidad;

· la vivienda deberá ser utilizada como vivienda única, familiar y de ocupación permanente, no debiendo poseer quien fuera adjudicado/a ninguna otra propiedad en el país al momento de la adjudicación; y,

· las soluciones habitacionales serán para vecinos y vecinas de Chacra 4.-

ARTÍCULO 2°.- ESTABLÉCESE como metodología de designación de los posibles adjudicatarios la realización de un sorteo entre quienes cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 1° de la presente.-

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 29 de fecha 01 de diciembre de 2022, según consta en Acta correspondiente.-




ANEXO I

ORDENANZA N° 13.929/22



"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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