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Ordenanza N° 3855, Año 2000
TRABUN Fiesta Oficial
Publicación : 12/06/2000 -- Boletín Oficial N° 140

ARTICULO 1º: DECLARASE al “Encuentro de los Pueblos – Trabun -” Fiesta Oficial de San Martín de los Andes e incorporada a su calendario anual, estableciéndose el segundo fin de semana del mes de diciembre de cada año para su realización.

ARTÍCULO 2º: En función del artículo anterior esta fiesta deberá ser incluida en toda folletería y publicidad de carácter general que se disponga desde la Secretaria de Turismo y el ENSATUR.

ARTÍCULO 3º: En el presupuesto de cada año a partir del presente año inclusive, se incluirá una partida de pesos diez mil ($10.000) con destino a solventar los gastos que la realización anual de esta fiesta provoque, con cargo a la partida presupuestaria de la Subsecretaría Municipal de Cultura. (Modificado por Ordenanza 6395/05)

ARTICULO 4º: La Comisión directiva del TRABUN deberá rendir cuentas documentadas de su gestión anual ante la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de San Martín de los Andes, la que tendrá a su cargo todo vinculo que se de entre el Municipio y dicha Comisión Directiva” (Modificado por Ordenanza 4336/01)

ARTÍCULO 5º: Dentro de los doce meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente, la Comisión Directiva del Trabún deberá iniciar los trámites para obtener su personería jurídica, debiendo la Asesoria Jurídica del Municipio asistirlos permanentemente a loa fines de la pronta obtención de la misma.

ARTÍCULO 6º: La Comisión Directiva podrá continuar sus actividades con la realización de talleres y cursos en coordinación con otras entidades no gubernamentales, quedando también en esto sujeta a la rendición de cuentas establecida en el art. 4º.

ARTICULO 7º: Regístrese, comuníquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria nº 35 de fecha 23 de Noviembre del 2.000, según consta en Acta correspondiente.-


"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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