ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCANSE en todos sus términos la Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 278/10 y el Decreto Municipal nº 255/11, dictados ad referéndum del Concejo Deliberante, por medio de las cuales se prorrogó el contrato de concesión de los servicios de Agua Potable y Desagües Cloacales suscripto con la Cooperativa de Agua Potable de San Martín de los Andes y otros Servicios Ltda., siendo el mismo operativo hasta el 27 de julio de 2011.- ARTÍCULO 2º.- ADHIÉRESE a lo establecido en la Disposición Transitoria IV de la Constitución de la Provincia del Neuquén.- ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, dese al Archivo Municipal.-