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Información Adicional
Ordenanza N° 5326, Año 2003
Declaración Bosque Protector - Callejón de Bello
Publicación : 12/15/2003
-- Boletín Oficial N° 229
ARTÍCULO 1º: DECLÁRASE
Bosque Protector al sector del Callejón de Bello Norte comprendido entre su intersección con el Callejón de Gingins y Ruta Provincial 62, en aquellos sectores cuya pendiente y masa boscosa tornen impracticable su apertura para el transito vial.
ARTÍCULO 2º: DÉSE
amplia difusión del presente texto por medio de las dependencias específicas pertenecientes al Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO 3º:
Regístrese, comuníquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria nº 31 de fecha 28 de Noviembre del 2.003, según consta en Acta correspondiente.-
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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