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Información Adicional
Ordenanza N° 3727, Año 2000
Acuerdos Judiciales - EJECUCIONES FISCALES
Publicación : 10/11/2000
-- Boletín Oficial N° 137
ARTICULO 1º: FACULTASE
al Departamento Ejecutivo a otorgar a los demandados o contribuyentes en conciliación, una cantidad de cuotas desde dos (2) hasta veinticuatro (24), para los casos de acuerdo judiciales o extrajudiciales que surjan como resultado de la intervención profesional de los abogados mandatarios de la Municipalidad
.
(-modificado por art 1º Ordenanza 4395/01)
ARTICULO 2º:
El Departamento Ejecutivo deberá establecerse todo el sistema de registración en forma unificada, dentro del Municipio, para facilitar la gestión de pago de los contribuyentes.
ARTICULO 3º:
El Departamento Ejecutivo establecerá el sistema de determinación del número de cuotas a otorgar por su apoderado, que tenga relación directa con la situación socioeconómica del contribuyente.
ARTICULO 4º:
Regístrese, comuníquese y cumplido, dése al Archivo Municipal.-
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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