ARTÍCULO 1º.- Objeto. Créase la Mesa Intercultural, la que tendrá por objeto construir en forma conjunta un “Protocolo Intercultural”, el que tendrá por finalidad interpretar el alcance de la legislación vigente, las costumbres y cultura de los Pueblos Originarios y, a partir de allí, elaborar y/o modificar normas jurídicas con carácter intercultural.- ARTÍCULO 2º.- Composición. La Mesa Intercultural será conformada por las siguientes personas: