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Ordenanza N° 10330, Año 2014
Prohibición estacionamiento sectores calle Los Cipreses
Publicación : 01/09/2015 -- Boletín Oficial N° 487

ARTÍCULO 1º.- PROHÍBESE el estacionamiento sobre la mano derecha de la calle Los Cipreses, en sentido desde la calle Curruhuinca hacia la calle Del Bosque; según antecedentes obrantes en el Expediente nº 05000-257/2014.-

ARTÍCULO 2º.- PROHÍBESE el estacionamiento sobre ambas manos de la calle Los Cipreses, en el sector de 45 mts. sobre el murallón que sigue la curvatura del arroyo Trabunco.-

ARTÍCULO 3º.- La Dirección de Tránsito y Transporte será la encargada de controlar el cumplimiento de la presente y en caso de detectarse vehículos en infracción a la presente, los mismos serán sancionados de acuerdo al Artículo 180.1 de la Ordenanza 94/1984 Código Municipal de Faltas. (Según Ordenanza 11.308/17)

ARTÍCULO 4º.- La Secretaría de Obra Públicas será la encargada de llevar adelante la señalización vertical y horizontal correspondiente, debiendo notificar a los vecinos que viven sobre esta calle y dar amplia difusión de la presente, por los medios que estime pertinentes.-

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 34 de fecha 18 de Diciembre de 2.014, según consta en Acta correspondiente.-


"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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