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Información Adicional
Ordenanza N° 10507, Año 2015
Adhesión Ley pcial nº 2874 Pcia s/“prácticas abusivas contra los consumidores
Publicación : 08/28/2015
-- Boletín Oficial N° 501
ARTÍCULO 1º.- ADHIÉRESE
a la
Ley nº 2874
de la Provincia del Neuquén
y sus resoluciones reglamentarias, mediante la cual se establece que se consideran “prácticas abusivas contrarias a un trato digno” de los consumidores y usuarios –en relación de consumo – las siguientes:
a.
La atención al público que implique -para el usuario- permanecer en filas por más de treinta (30) minutos.
b.
La atención al público que implique -para el usuario- permanecer en filas a la intemperie en locales comerciales.
c.
La atención al público que obligue al usuario a esperar en instituciones y locales comerciales más de noventa (90) minutos, aunque se provean los suficientes asientos, existan instalaciones sanitarias y el orden de atención sea según ticket numerado.
d.
Todas aquellas contrarias a las establecidas en el
artículo 8º bis de la Ley nacional 24.240 -de Defensa al Consumidor-.
ARTÍCULO 2º.-
El Área de Defensa al Consumidor de la Municipalidad de San Martín de los Andes llevará adelante campaña de difusión del contenido de la presente Ordenanza en todo el ámbito de su competencia.-
ARTÍCULO 3º.-
Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 15 de fecha 30 de Julio de 2.015, según consta en Acta correspondiente.-
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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