ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE la instalación de un Parque de Diversiones denominado Marilan Park, de la Firma José Ianchovich en el predio ubicado en la calle José Garbiel Obeid y Mariano Moreno.- ARTÍCULO 2º: La autorización conferida por el artículo primero de esta Ordenanza regirá por 23 días a contar del día 25 de Enero de 1.984.- ARTÍCULO 3º: Se establece el siguiente horario de funcionamiento: días domingo a jueves de 18 a 23,30 horas, días viernes y sábado de 17 a 01.00 horas.- ARTÍCULO 4º: Fíjase la suma de 8 a 300.- (Pesos trescientos) diarios en concepto Derecho Diversiones y Espectáculos Públicos.- ARTÍCULO 5º: De forma.- Dada en la Sala de Deliberaciones del Honorable Concejo Deliberante, con el voto unánime de todos sus miembros, dése al Departamento Ejecutivo a sus efectos y cumplido archívese.-