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Declaración N° 1, Año 2002
Obligaciones Consejo Pcial de Educación
Publicación : 03/07/2002 -- Boletín Oficial N° 177



NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR

Tema : ARTICULO 1º: Que es impostergable que el Consejo Provincial de Educación asuma plenamente sus obligaciones para con la comunidad educativa en particular, y la sociedad en general, en cuanto a la atención de los servicios esenciales de los establecimientos educativos de nuestra ciudad.-

ARTICULO 2º: Requerir del Consejo Provincial de Educación que en forma inmediata tome contacto con las empresas que prestan el servicio de agua y gas, para llegar a la solución en cuanto a la deuda que se mantiene con las misma, asegurándose la prestación normal del servicio a los establecimientos educativos.-

ARTICULO 3º: Remitir copia de la presente al Consejo Provincial de Educación y al Poder Ejecutivo de la provincia del Neuquén.-



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