Especial
Tipo :
Decreto Provincial
Nro :
2365
/
1992
Título :
Remuneración personal adm. publica pcial.
Texto :
D 2365/92
ARTÍCULO 1°: Fíjase, a partir del 1 de septiembre de 1992, una remuneración líquida mínima de $500 (quinientos pesos), para el personal del escalafón general de la administración pública provincial.
ARTÍCULO 2°: Establecense las siguientes pautas para su liquidación y el carácter del incremento resultante:
a) La diferencia de la actual remuneración líquida con la establecida en el artículo 1° del presente, tendrá carácter de adicional no remunerativo no bonificable.
b) Para la determinación del salario mínimo fijado en el artículo 1° del presente se considerará la remuneración líquida actual excluidas las horas extras y bonificaciones por prolongación de jornada.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y el señor Ministro Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial, y archívese.
Observaciones: