ARTÍCULO º 1.- Al Directorio del Banco Hipotecario S. A., su interés por la continuidad de la cartera de crédito del Programa ProCreAr para cada una de las 154 familias adjudicatarias en los mismos términos que fuera adjudicado, dado que el Municipio se encuentra en etapa de finalización de las obras de desarrollo de la infraestructura en la Fracción B Parcela 3, NC 15-21-091-4502-0000 en el marco del Contrato de Mandato con el Hipotecario SA, formalizado oportunamente mediante Ordenanza 10.598/15.- ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido, dese al Archivo Municipal. Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 03 de fecha 16 de marzo de 2.017, según consta en Acta correspondiente.-