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Información Adicional
Comunicación N° 2, Año 2013
Solic. a la AFIP de suspensión intimaciones
Publicación : 04/12/2013
-- Boletín Oficial N° 442
NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE LOS ANDES
C O M U N I C A
ARTíCULO 1º.-
A la
Administración Federal de Ingresos Públicos
, AFIP, la necesidad urgente de que ese organismo cese en las intimaciones a los contribuyentes de San Martín de los Andes, por el cobro de las deudas generadas durante el periodo en que nuestra zona fue declarada Zona de Desastre y Emergencia Económica y Social por la Ley Nacional 26.697, en razón de la erupción del Volcán Puyehue –Cordón Caulle que se iniciara en junio del año 2011.-
ARTÍCULO 2º.-
Instar a la AFIP, el cumplimiento del
Artículo 4°, inciso 1, sub inciso c),
de la
Ley 26.697.-
ARTÍCULO 3º.-
Remítase copia de la presente a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y a la Legislatura de la Provincia de Neuquén.-
ARTÍCULO 4º.-
Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido dese al Archivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 03 de fecha 07 de marzo de 2013, según consta en Acta correspondiente.-
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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