Volver Versión para Imprimir

Show details for Información AdicionalInformación Adicional

Comunicación N° 1, Año 2016
Insta al cumplimiento Orza 10094/14 s/Disposic.final Residuos Sólidos Urbanos
Publicación : 05/27/2016 -- Boletín Oficial N° 519



NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR

ARTÍCULO 1º.- ÍNSTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable; Subsecretaría de Gestión Ambiental, se active de manera inmediata la aplicación de la Ordenanza 10094/14, que en su Artículo 1º) Ratifica el Decreto del DEM 2087/13, referido a “Operación de la Celda V y la construcción de cobertura de la Celda IV del Relleno Sanitario de Disposición final de Residuos Sólidos Urbanos” , y cuyo Artículo 2º) Aprueba el Acta Acuerdo “Nuevo Servicio de operación y mantenimiento del Relleno Sanitario” suscripta con la Empresa Werefkin Constructora y Minera, actualmente Hormigomax S. A., de fecha 30 de abril de 2014.-

ARTÍCULO 2º.- SE PRIORICE el inmediato cumplimiento por parte de la empresa, de la Cláusula segunda, Inciso h) “El control en la entrada al predio, disponiendo una persona a tal fin durante todo el horario de gestión y un sereno fuera del horario de operación controlando el no ingreso de terceros al relleno sanitario y al sector de valorización de residuos de podas y jardines ”, para lo cual indefectiblemente se debe dar cumplimiento al ítem “Mantenimiento: Cerco: “El cerco perimetral se mantendrá en buenas condiciones debiéndose reponer cualquier elemento dañado”. Igual prioridad se debe dar al cumplimiento a los incisos p) y q) de la Cláusula 2º) referidos a la provisión, instalación de redes para contener los residuos dentro de la zona de disposición final que en caso de que se dispersen residuos sólidos urbanos fuera del frente directo del vertido , la Empresa deberá recogerlos inmediatamente, manteniendo limpio el predio de la cantera y el entorno circundante, aún en espacios fuera del predio afectado a la disposición final.-

ARTÍCULO 3º.- SE REITERA a la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable, Subsecretaría de Gestión Ambiental, pedido de informe detallado y fundamentado respecto a las causas que han impedido el cumplimiento de la Ordenanza 8543/09 y su correspondiente reglamentación, referida la Programa “Reducción utilización bolsas plásticas”.-

ARTÍCULO 4º.- ÍNSTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que se incluya en la agenda de trabajo del año en curso, el estudio de la ubicación de la futura celda de disposición final de los residuos sólidos urbanos, en una zona tal, que no signifique la continuidad de los padecimientos que hoy afectan a los barrios circundantes .-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido dese al Archivo Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 06 de fecha 28 de Abril de 2.016, según consta en Acta correspondiente.-

"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

Volver