ARTÍCULO 1º.- DENIÉGASE la solicitud de construcción de la quinta unidad habitable, ubicada en el Lote 7 – Manzana S- Chacra 14- Villa Vega San Martín, Nomenclatura Catastral 15-21-048-6447-0000, propiedad - de la Sra. María Josefina Riffo ARTÍCULO 2º.- Remítase copia de la presente a la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable.-
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese la presente a la Sra. María Josefina Riffo.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido dese al Archivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 31 de fecha 20 de diciembre de 2018, según consta en Acta correspondiente.-