ARTÍCULO 1º.- PRORRÓGASE el plazo, para la implementación efectiva de todas las etapas del proceso de autarquía, establecido en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 12.744/19 , por el término de 365 días.- ARTÍCULO 2º.- REMÍTASE copia de la presente a la Contraloría Municipal, al Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén y al Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Especial Nº 18 de fecha 17 de diciembre 2020, según consta en Acta correspondiente.-