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Información Adicional
Resolución Conjunta N° 2768, Año 2006
Factibilidad Ambiental - Avancini
Publicación : 11/11/2006
-- Boletín Oficial N° 313
NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR
EL INTENDENTE MUNICIPAL
Y EL PRESIDENTE
DEL CONCEJO DELIBERANTE RESUELVEN
Artículo 1°-
Declarar ambientalmente factible el "Proyecto 13 Viviendas Unifamiliares. Avancini-Ogando, VP 3151”, cito en el expediente Nº 05000 – 802 / 04 caratulado NC. 15-21-048-8439 propiedad de la Sra. Miriam Avancini, localizado en el lote 11, manzana D de la vega San Martín, en el cual se presenta el Informe de Factibilidad Ambiental, realizado por el Arq. Miguel Ogando.
Artículo 2°.
Aprobar las principales medidas correctivas y de mitigación ante los posibles Impactos negativos, a saber:
·
MEDIDA DE MITIGACIÓN N° 1
:
Se controlarán las emisiones de polvo y las emisiones de ruido en cuanto a horarios y niveles sonoros.
·
MEDIDA DE MITIGACIÓN N° 2
:
se parquizará el predio una vez terminada la obra.
·
MEDIDAD DE MITIGACIÓN Nº 3: La red hidrológica superficial se reconducirá mediante canaletas desde las cubiertas hasta la acequia existente.
·
MEDIDA DE MITIGACION Nº 4: Los desagües cloacales serán conectados a la red y los pluviales a la acequia existente.
Artículo 3°
- Las infracciones que se comprueben durante la ejecución de la obra que alteren los términos de la Declaración Ambiental y produzca eventuales daños al ambiente a criterio de la Autoridad de Aplicación, serán sancionados según la gravedad de la conducta con:
- Multa entre el Uno por Ciento (1 %) Y el Veinte por Ciento (20 %) de la inversión proyectada, mas la correspondiente acción correctiva.
- Caducidad de la Declaración Ambiental.
Artículo 4°
- La presente Resolución Conjunta no implica la aprobación del proyecto de Arquitectura.
Artículo 5°
- Previo refrendo de los Secretarios Municipales, comuníquese al Concejo Deliberante, regístrese y cumplido, archívese.
"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"
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