ARTÍCULO 1°.- PRORRÓGASE hasta el 30 de abril de 2024, lo dispuesto en el Decreto D.E.M n° 109/2024 ratificado por la Ordenanza 14.550/24, dictado ad referéndum del Concejo Deliberante, referido al horario de cierre de establecimientos tipo confitería, entre las 05:00 y las 07:30 horas, Inciso 4.2 del Artículo 4 del Anexo I de la Ordenanza 13.435/2021.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 5 de fecha 21 de marzo de 2024, según consta en Acta correspondiente.-