ARTÍCULO 1º.- OTORGÁSE, para el local ubicado en Lote d9, Mza 37, nomenclatura catastral 15-20-063-3815-0000, la excepción a la obligatoriedad de contar con un baño accesible, establecida mediante Ordenanza nº 3395/1999, Eliminación de Barreras Arquitectónicas, Urbanas y de Transporte.- ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a dar continuidad a la licencia comercial n° 6054, a término , bajo el rubro “Restaurante”, a favor de la Sra. Creide Romina Paola DNI 30.212.300, en el local ubicado en calle C. Drury 857, NC 15-20-063-3815-0000.-
ARTÍCULO 3º.- ESTABLÉCESE que la licencia comercial “a término” autorizada por la presente, tendrá vigencia hasta el 31/12/2020.-
ARTÍCULO 4º.- Durante el plazo establecido en el Artículo 3º el propietario del inmueble y/o el titular de la licencia comercial, deberá dar cumplimiento a los requerimientos de la Dirección de Obras Particulares establecidos en la normativa vigente, para la obtención de la licencia comercial definitiva.- ARTÍCULO 5°.- A través de la Dirección de Administración y Despacho, una vez promulgada la presente, gírese copia a la Dirección de Rentas, a la Dirección de Bromatología y a la Dirección de Obras Particulares .-
ARTÍCULO 6°.- ENCOMIÉNDASE a la Dirección de Rentas – División Actividades Lucrativas la notificación de la presente a la Sra. Creide Romina Paola.-
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 33 de fecha 19 de diciembre de 2019, según consta en Acta correspondiente.-