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Ordenanza N° 11160, Año 2016
Utilidad Pública y pago obligat. - Pavimentación Callejón Bello- Etapas I y II
Publicación : 01/13/2017 -- Boletín Oficial N° 534



NORMA DE CARÁCTER PARTICULAR

ARTÍCULO 1º.- DECLÁRASE la Utilidad Pública y el Pago Obligatorio de la obra “Pavimentación del Callejón de Bello, Etapas 1 y 2 - Proyecto “Mas Cerca: Mas Municipio, Mejor País, Mas Patria” ejecutado en el Callejón de Bello, según croquis que se adjunta como Anexo I.-

ARTÍCULO 2º.- ESTABLÉCESE para la obra “Pavimentación del Callejón de Bello, Etapas 1 y 2 “ Proyecto “Mas Cerca: Mas Municipio, Mejor País, Mas Patria” , el monto de la cuota unificada de pesos trescientos cincuenta con diez centavos ($350, 10) por m², el que se aplica a los frentistas consignados en el Anexo II.-

ARTÍCULO 3º.- RATIFÍCASE el Plan de Pago estipulado para los frentistas beneficiarios de la obra aludida en el Artículo 1º, con las siguientes condiciones y especificaciones:
Obra: Etapa 1: 3.209, 00 m²
Monto de la obra: $1.100.000,00

Etapa 2: 3.622 m² de pavimento de hormigón simple
Monto de la obra: $1.294.464,00

Plazo máximo de financiación…………..48 cuotas

Formas de pago:
Contado…………………………….…. 20% de descuento
En 12 cuotas…………………….……. 10% de descuento
En 24 cuotas………………………..… 5% de descuento
En 36 cuotas………………………….. sin interés de financiación
Desde 37 y hasta 48 cuotas………….. 0,7% interés mensual sobre saldo

ARTÍCULO 4º.- CRÉASE, en el marco de lo dispuesto en la Ordenanza 10.194/2014, el Fondo especifico “Obras Callejón de Bello”, que se compondrá con lo recaudado por aplicación de la presente. El mismo tendrá como destino solventar la marcación del callejón, implementación de las medidas de seguridad y realización de la bici senda sobre el callejón de Bello, tal lo acordado con los vecinos, según acta obrante como Anexo III.-

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Luz María Sapag, en Sesión Ordinaria Nº 31 de fecha 15 de diciembre de 2.016, según consta en Acta correspondiente.-

ANEXO I
ORDENANZA Nº 11.160/16.-




ANEXO II
ORDENANZA Nº 11.160/16.-





ANEXO III
ORDENANZA Nº 11.160/16.-




"San Martín de los Andes, Zona no Nuclear, A Favor de la Vida y de la Paz"

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